ITP por comunidades autónomas en 2026: tabla y tipos reducidos
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) varía según la comunidad autónoma en la que compres una vivienda de segunda mano. En España no existe un único porcentaje aplicable a todas las compraventas inmobiliarias: cada territorio dispone de tipos generales y de determinados beneficios fiscales.
En esta guía encontrarás una tabla del ITP por comunidades autónomas en 2026, información sobre los principales tipos reducidos y enlaces para consultar los requisitos específicos de cada región.
También podrás acceder a nuestra calculadora para estimar cuánto tendrás que pagar antes de comprar una vivienda.
La comparativa se centra en las adquisiciones de viviendas usadas realizadas por particulares. Otras operaciones inmobiliarias pueden tener un tratamiento diferente.
Tabla del ITP por comunidades autónomas en 2026
El ITP general para la compra de viviendas de segunda mano presenta diferencias importantes entre comunidades autónomas. Algunas aplican un porcentaje fijo, mientras que otras establecen tarifas que dependen del valor del inmueble.
La siguiente tabla recoge los tipos principales. No incluye todos los supuestos especiales ni las condiciones de cada beneficio fiscal, que pueden consultarse en los artículos individuales.
ITP general en España: comparativa de 2026
| Comunidad autónoma | Tipo general | Particularidades |
|---|---|---|
| Andalucía | 7 % | Existen tipos reducidos para determinadas adquisiciones |
| Aragón | 8 %-10 % | Tarifa progresiva según el valor del inmueble |
| Asturias | 8 %-10 % | Tipo aplicable según el intervalo de valor |
| Baleares | 8 %-13 % | Tarifa progresiva |
| Canarias | 6,5 % | Tipos reducidos para determinados compradores |
| Cantabria | 9 % | Tarifa especial para determinadas viviendas habituales |
| Castilla-La Mancha | 9 % | Tipos reducidos sujetos a requisitos |
| Castilla y León | 8 %-10 % | El 10 % se aplica al exceso sobre 250.000 € |
| Cataluña | 10 %-13 % | Tarifa progresiva y tipos especiales |
| Comunidad Valenciana | 9 % / 11 % | El 11 % se aplica cuando el valor supera un millón de euros |
| Extremadura | 8 %-11 % | Tarifa progresiva por tramos |
| Galicia | 8 % | Diversos tipos reducidos y deducciones |
| La Rioja | 7 % | Tipos reducidos para determinados compradores |
| Madrid | 6 % | Tipo reducido y bonificaciones |
| Murcia | 7,75 % | Tipos reducidos del 3 %, 4 % y 5 % |
| Navarra | 6 % | Régimen foral con tipos reducidos propios |
| País Vasco | Generalmente, 4 % para viviendas | Normativa propia de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa |
Importante: los porcentajes de la tabla no representan necesariamente el impuesto que terminará pagando cada comprador.
Por ejemplo, Cantabria contempla una tarifa específica para determinadas viviendas habituales, mientras que en Cataluña existen reglas especiales para determinados grandes tenedores. BOE
Asimismo, conviene distinguir las tarifas progresivas de aquellas en las que el porcentaje depende del valor total del inmueble. Asturias utiliza este segundo sistema, mientras que Aragón establece una tarifa por tramos.
En la Comunidad Valenciana, la normativa vigente desde junio de 2026 establece un tipo general del 9 % y un tipo del 11 % cuando el valor del inmueble supera un millón de euros.
Ceuta y Melilla: disponen de particularidades fiscales y bonificaciones territoriales. Conviene consultar su régimen específico para determinar el porcentaje efectivo aplicable a cada operación.
Calculadora de ITP por comunidad autónoma
¿Quieres saber cuánto podrías pagar de ITP por la compra de tu vivienda?
Utiliza nuestra calculadora gratuita para obtener una estimación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales según la base imponible y el territorio donde se encuentre el inmueble.
La herramienta aplica los tipos generales correspondientes y contempla las tarifas progresivas cuando procede. Ten en cuenta que el resultado es orientativo y que no incluye automáticamente todos los beneficios fiscales.
Si estás buscando hipoteca, algo muy importante que tienes que tener controlado es qué ITP vas a pagar por la compra de la vivienda.
En el siguiente apartado, podrás descubrir toda la información sobre el ITP en tu comunidad autónoma, así como una explicación muy detallada de tus bonificaciones.
Si lo prefieres, puedes contactar con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.

Consulta el ITP de cada comunidad autónoma
Cada comunidad autónoma establece sus propios requisitos para aplicar los beneficios fiscales del ITP.
Por tanto, conocer el porcentaje general es únicamente el primer paso. Si vas a comprar una vivienda, conviene consultar también las reducciones y bonificaciones a las que podrías acogerte.
En las siguientes guías encontrarás información específica sobre los porcentajes vigentes, los colectivos beneficiarios, los límites económicos y los procedimientos de presentación.:
ITP CEUTA Y MELILLA
ITP general en Ceuta es del 6% y del 4% en Melilla
¿Cómo calcular el ITP según tu comunidad autónoma?
Para calcular el ITP de una vivienda de segunda mano, necesitas conocer la base imponible de la operación y el tipo impositivo que corresponda.
El cálculo general consiste en multiplicar la base imponible por el porcentaje aplicable.
Sin embargo, el resultado puede cambiar por diversos motivos: algunas comunidades tienen tarifas progresivas, determinados compradores pueden acogerse a tipos reducidos y también existen bonificaciones sobre la cuota.
Por ello, no siempre es suficiente con multiplicar el precio de compraventa por el porcentaje general.
Fórmula para calcular el ITP
La fórmula básica es: ITP = base imponible × tipo impositivo
Cuando existe una tarifa progresiva, hay que calcular separadamente la cantidad correspondiente a cada tramo.
Si se aplica una bonificación, debe calcularse primero la cuota y después descontarse el importe que corresponda.
Ejemplos de cálculo del ITP
Los siguientes ejemplos son orientativos. Presuponen que el importe indicado coincide con la base imponible y que no existe ningún beneficio fiscal adicional.
Ejemplo 1: vivienda de 200.000 € en Madrid
Una persona compra una vivienda usada en Madrid cuya base imponible asciende a 200.000 €.
Aplicando el tipo general del 6 %: 200.000 € × 6 % = 12.000 €. El ITP sería de 12.000 €.
Ejemplo 2: vivienda de 200.000 € en Cataluña
Si la misma vivienda se encuentra en Cataluña y corresponde aplicar el tipo general del 10 %:
200.000 € × 10 % = 20.000 €. El impuesto ascendería a 20.000 €.
Ejemplo 3: vivienda de 200.000 € en Murcia
Para una vivienda situada en Murcia a la que corresponda el tipo general del 7,75 %:
200.000 € × 7,75 % = 15.500 €. El ITP sería de 15.500 €.
Estos ejemplos permiten apreciar cómo cambia el coste fiscal de una misma adquisición en función de su ubicación. No tienen en cuenta posibles reducciones, bonificaciones ni otras circunstancias particulares.
¿Sobre qué valor se calcula el ITP?
La base imponible es uno de los elementos que más influyen en el importe final del impuesto.
En las comunidades autónomas de régimen común, cuando un inmueble dispone de valor de referencia del Catastro, este constituye generalmente la base imponible mínima del ITP.
Si el precio de compraventa o el valor declarado es superior al valor de referencia, se utiliza la mayor de estas cantidades.
Cuando no existe valor de referencia o no puede certificarse, se aplican las reglas alternativas establecidas legalmente. La tasación hipotecaria no determina automáticamente la base imponible del impuesto.
Navarra y los territorios históricos del País Vasco disponen de normativa foral propia, por lo que deben consultarse sus correspondientes reglas de valoración.
Diferencia entre precio de compra y valor de referencia
Imagina que compras una vivienda por 200.000 €, pero su valor de referencia es de 220.000 €.
En una comunidad de régimen común, si no existe una circunstancia especial que modifique la base imponible, el impuesto se calculará sobre 220.000 €.
Esto significa que el comprador puede tener que pagar más impuestos de los que había calculado inicialmente tomando únicamente el precio de compraventa.
Por eso, antes de firmar una operación, es conveniente comprobar qué valor fiscal corresponde al inmueble.
¿Por qué cambia el ITP entre comunidades autónomas?
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales es un tributo estatal cedido a las comunidades autónomas de régimen común, que disponen de competencias normativas sobre determinados aspectos del impuesto.
Estas competencias permiten establecer tipos de gravamen y determinados beneficios fiscales. Por su parte, Navarra y el País Vasco cuentan con regímenes tributarios forales propios.
Como consecuencia, una misma compraventa puede tener un coste fiscal diferente dependiendo de dónde se encuentre el inmueble.
Las principales diferencias pueden afectar al porcentaje general, la existencia de tarifas progresivas, los tipos reducidos y las condiciones para acceder a ellos.
¿Qué comunidades autónomas tienen tipos reducidos del ITP?
Diversas comunidades autónomas contemplan tipos reducidos y otros beneficios fiscales destinados a facilitar determinadas adquisiciones inmobiliarias.
Sin embargo, no existe un ITP reducido único para toda España. Los porcentajes, límites económicos y requisitos cambian según la normativa territorial.
Entre los supuestos que pueden disfrutar de beneficios fiscales se encuentran determinadas adquisiciones de vivienda habitual realizadas por jóvenes, familias numerosas, familias monoparentales o personas con discapacidad.
También existen medidas específicas para viviendas protegidas, determinadas adquisiciones en zonas rurales y otros supuestos regulados por cada territorio.
ITP reducido para jóvenes
Varias comunidades autónomas contemplan beneficios fiscales para jóvenes que adquieren su vivienda habitual.
No obstante, la edad máxima y los requisitos económicos no son iguales en todas ellas.
Además, algunos territorios exigen que se trate de la primera vivienda habitual o establecen condiciones especiales relacionadas con su ubicación.
Por tanto, no basta con cumplir un requisito de edad: es necesario comprobar todas las condiciones del beneficio aplicable.
ITP reducido para familias numerosas
Las familias numerosas pueden disfrutar de beneficios fiscales en distintas comunidades autónomas.
Habitualmente, estos beneficios están relacionados con la adquisición de una vivienda habitual, aunque las condiciones varían según el territorio.
Algunas comunidades establecen límites económicos, mientras que otras contemplan requisitos adicionales vinculados a la titularidad o sustitución de una vivienda anterior.
ITP reducido para personas con discapacidad
Existen beneficios fiscales para determinadas adquisiciones realizadas por personas con discapacidad.
El grado de discapacidad exigido y las condiciones aplicables dependen de la normativa de cada comunidad autónoma.
En consecuencia, es necesario consultar el territorio donde se encuentra el inmueble y comprobar si la operación reúne los requisitos.
Beneficios fiscales por comprar vivienda en zonas rurales
Algunas comunidades autónomas contemplan incentivos fiscales para determinadas adquisiciones inmobiliarias en zonas rurales o municipios con riesgo de despoblación.
Estos beneficios pueden adoptar la forma de tipos reducidos, deducciones o bonificaciones.
La ubicación exacta de la vivienda es especialmente importante, puesto que los municipios o territorios beneficiarios suelen estar definidos mediante disposiciones oficiales.
No todas las viviendas situadas en localidades pequeñas pueden acogerse automáticamente a estos beneficios.
¿Quién paga el ITP al comprar una vivienda?
El comprador es quien debe pagar el ITP cuando adquiere una vivienda de segunda mano mediante una operación sujeta a Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
Por tanto, el impuesto forma parte de los gastos que debe tener en cuenta al calcular el dinero necesario para comprar una vivienda. La obligación tributaria corresponde al adquirente, aunque la autoliquidación pueda ser preparada o presentada por una gestoría o representante.
Es importante distinguir el ITP de los impuestos y gastos correspondientes al vendedor, así como de los costes derivados de la financiación hipotecaria.
Puedes consultar el BOE para más información.
¿Cuándo y dónde se paga el ITP?
El plazo para presentar y pagar el ITP depende de la normativa aplicable al territorio donde se encuentre el inmueble.
Por ello, no existe un único plazo que pueda utilizarse para todas las compraventas de vivienda en España.
Asimismo, cada administración tributaria dispone de sus propios modelos y procedimientos.
¿Qué modelo se utiliza para pagar el ITP?
En las compraventas inmobiliarias de las comunidades autónomas de régimen común se utiliza habitualmente el modelo 600.
Navarra también dispone de su propio modelo 600, mientras que las haciendas forales del País Vasco establecen sus correspondientes formularios y procedimientos.
Para conocer el modelo concreto, los documentos necesarios y el plazo de presentación, consulta la guía de la comunidad autónoma o territorio donde se encuentre la vivienda.
No debe confundirse el modelo 600 utilizado en las transmisiones inmobiliarias con los modelos 620 y 621, asociados habitualmente a otras operaciones, como determinadas transmisiones de vehículos usados.
¿Cómo afecta el ITP a la compra de una vivienda con hipoteca?
El ITP es uno de los gastos que deben calcularse antes de solicitar financiación para comprar una vivienda usada. Su importe puede representar una parte importante del dinero que el comprador necesita aportar.
Por ejemplo, una vivienda con una base imponible de 200.000 € que tribute al 8 % genera un impuesto de 16.000 €. A ese importe pueden añadirse otros gastos relacionados con la adquisición.
Por este motivo, conocer el ITP aplicable permite realizar una estimación más precisa de los ahorros necesarios para comprar.
La posibilidad de financiar una parte de estos gastos dependerá de las condiciones de la operación y de la financiación que se consiga.
Además del ITP, es importante conocer los gastos de adquisición y las condiciones de financiación disponibles para tu operación.

Preguntas frecuentes sobre el ITP por comunidades autónomas
Fuentes y actualización de la información
La información sobre el ITP debe revisarse periódicamente, puesto que las normas estatales, autonómicas y forales pueden modificarse.
Esta comparativa utiliza como referencia el texto refundido estatal del impuesto y la normativa tributaria correspondiente a cada territorio.
Para conocer los requisitos completos de un beneficio fiscal, deben consultarse las disposiciones legales y las instrucciones de la administración tributaria competente.
Entre las fuentes normativas relevantes se encuentran el texto refundido estatal del ITP y AJD y las disposiciones fiscales autonómicas y forales.

