¿Qué se paga de ITP en Navarra en 2026?

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¿Qué es el ITP en Navarra?

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Navarra es un tributo que grava, entre otras operaciones, la adquisición de viviendas de segunda mano y otras transmisiones patrimoniales onerosas.

En estas compraventas se aplica la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO).

A diferencia de las comunidades autónomas de régimen común, Navarra dispone de un régimen tributario foral propio, recogido en el Decreto Foral Legislativo 129/1999, que regula los tipos impositivos y los beneficios fiscales aplicables.

La gestión del impuesto corresponde a la Hacienda Foral de Navarra.

¿Quién paga el ITP en Navarra?

El ITP en Navarra lo paga el comprador del inmueble, ya que es quien tiene la condición de sujeto pasivo del impuesto en las transmisiones patrimoniales onerosas.

En la práctica, esto implica que al adquirir una vivienda usada, el comprador debe asumir el pago del ITP correspondiente, además del resto de gastos asociados a la compraventa, como notaría o registro.

ITP Navarra reducido

En Navarra existen tipos reducidos del ITP del 5 % y del 4 % para determinadas adquisiciones de vivienda habitual.

El tipo del 5 % está destinado a unidades familiares con dos o más hijos que cumplen los requisitos legales. Por su parte, el 4 % puede aplicarse cuando la vivienda habitual adquirida está situada en un municipio oficialmente declarado en riesgo de despoblación.

Ambos beneficios están regulados en el artículo 8 del Decreto Foral Legislativo 129/1999.

Es importante distinguir estos tipos reducidos de otras ayudas a la compra de vivienda o deducciones fiscales, ya que cada medida tiene sus propios requisitos.

ITP Navarra reducido para familias con dos o más hijos

En Navarra, las unidades familiares con dos o más hijos pueden aplicar un tipo reducido del 5 % en el ITP cuando adquieren una vivienda destinada a su residencia habitual y cumplen los requisitos establecidos por la normativa foral.

Este beneficio no exige necesariamente tener el título de familia numerosa, ya que también pueden acceder las unidades familiares que tengan dos hijos y cumplan las condiciones previstas.

Los requisitos son los siguientes:

  1. Unidad familiar: el comprador debe formar parte de una unidad familiar integrada por dos o más hijos.
  2. Pleno dominio: mediante la operación debe adquirirse el pleno dominio de la vivienda. No puede tratarse de la consolidación de un dominio previamente desmembrado entre usufructo y nuda propiedad.
  3. Vivienda habitual: el inmueble adquirido debe destinarse a residencia habitual de la unidad familiar.
  4. Propiedad de otras viviendas: ningún miembro de la unidad familiar puede ser propietario, en el momento de la adquisición, de otra vivienda situada en Navarra en un porcentaje superior al 25 %.

¿Cuál es el límite del ITP reducido del 5 % en Navarra?

El tipo reducido del 5 % se aplica sobre una base imponible máxima de 180.304 €, única por unidad familiar y vivienda.
Cuando la base imponible supera esa cantidad, los primeros 180.304 € tributan al 5 % y el exceso se grava al tipo general del 6 %.

Por ejemplo, si una familia compra una vivienda cuya base imponible es de 220.000 € y cumple todos los requisitos:

ConceptoCálculoImporte
Primeros 180.304 €5 %9.015,20 €
Exceso de 39.696 €6 %2.381,76 €
ITP total11.396,96 €
El cálculo presupone que toda la adquisición puede acogerse al beneficio.

ITP Navarra reducido para viviendas en municipios con riesgo de despoblación

La compra de una vivienda habitual situada en un municipio de Navarra oficialmente declarado en riesgo de despoblación puede tributar a un tipo reducido del 4 % en el ITP, en lugar del 6 % general.

Para aplicar este beneficio deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • Ubicación: la vivienda debe encontrarse en un municipio declarado en riesgo de despoblación mediante la correspondiente orden foral.
  • Residencia habitual: el inmueble adquirido debe destinarse a vivienda habitual del comprador.
  • Pleno dominio: la operación debe permitir adquirir el pleno dominio de la vivienda, sin que proceda de la consolidación de un dominio previamente desmembrado.

No basta con que el municipio tenga pocos habitantes o se encuentre en una zona rural. Debe estar incluido en la declaración oficial correspondiente.

¿Cuánto se ahorra con el ITP reducido del 4 %?

Imaginemos la compra de una vivienda cuya base imponible asciende a 180.000 €.

Si corresponde aplicar el tipo general: 180.000 € × 6 % = 10.800 €

Si el comprador cumple los requisitos del tipo reducido por despoblación: 180.000 € × 4 % = 7.200 €

El ahorro fiscal sería de 3.600 €.

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¿Cómo se calcula el ITP en Navarra?

El ITP en Navarra se calcula aplicando el porcentaje correspondiente sobre la base imponible de la transmisión. Con carácter general, las adquisiciones inmobiliarias tributan al 6 %, aunque determinadas compras de vivienda habitual pueden aplicar tipos reducidos del 5 % o del 4 %.

El tipo del 5 % se aplica a las unidades familiares con dos o más hijos que cumplen los requisitos establecidos, hasta una base imponible máxima de 180.304 €. El exceso tributa al 6 %.

Por su parte, el 4 % está previsto para determinadas adquisiciones de vivienda habitual en municipios oficialmente declarados en riesgo de despoblación.

La fórmula general es: ITP = base imponible × tipo impositivo

Cuando se aplica el tipo reducido del 5 % y la base supera 180.304 €, deben realizarse dos cálculos independientes.

Ejemplos de cálculo del ITP en Navarra

Los siguientes ejemplos presuponen que el valor declarado coincide con la base imponible aceptada fiscalmente y que los compradores cumplen todos los requisitos exigidos para disfrutar de los beneficios correspondientes.

Ejemplo 1: vivienda de 200.000 € sin reducción

Una persona adquiere una vivienda de segunda mano cuya base imponible es de 200.000 € y no puede aplicar ningún beneficio fiscal.

200.000 € × 6 % = 12.000 €. El ITP a pagar sería de 12.000 €.

Ejemplo 2: familia con dos hijos que compra una vivienda de 150.000 €

Una familia con dos hijos adquiere su vivienda habitual y cumple los requisitos para aplicar el tipo reducido del 5 %.

150.000 € × 5 % = 7.500 €. El ITP sería de 7.500 €, frente a los 9.000 € que corresponderían al tipo general. Ahorro fiscal: 1.500 €.

Ejemplo 3: familia con dos hijos que compra una vivienda de 250.000 €

En este supuesto, la base imponible supera el límite establecido para el tipo reducido. El cálculo debe dividirse en dos partes:

ConceptoCálculoITP
Primeros 180.304 €5 %9.015,20 €
Exceso de 69.696 €6 %4.181,76 €
ITP total13.196,96 €

El importe total sería de 13.196,96 €.

Esto significa que superar los 180.304 € no supone perder automáticamente el beneficio sobre la primera parte de la base imponible.

Ejemplo 4: vivienda habitual en un municipio en riesgo de despoblación

Una persona compra por 180.000 € una vivienda situada en un municipio oficialmente declarado en riesgo de despoblación.

Si se cumplen todos los requisitos del tipo reducido del 4 %:

180.000 € × 4 % = 7.200 €. El ITP sería de 7.200 €, frente a los 10.800 € que corresponderían al tipo general. Ahorro fiscal: 3.600 €.

¿Sobre qué valor se calcula el ITP en Navarra?

La base imponible del ITP en Navarra se determina, con carácter general, por el valor real del inmueble transmitido, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto Foral Legislativo 129/1999.

La Hacienda Foral puede comprobar el valor declarado por los interesados. Cuando el valor resultante de esa comprobación sea superior, puede utilizarse para determinar la base imponible del impuesto.

Por tanto, para calcular el ITP no debe trasladarse automáticamente la regla del valor de referencia catastral aplicada en las comunidades autónomas de régimen común.

Tampoco debe confundirse el precio de compraventa con un valor que la Administración necesariamente tenga que aceptar sin comprobación.

Ejemplo: si compras una vivienda por 180.000 € y ese es el valor admitido como base imponible, el ITP general sería de 10.800 €.
Si posteriormente la Hacienda Foral comprueba un valor superior, el resultado de esa comprobación puede modificar la cantidad que corresponde pagar.

La normativa permite impugnar las comprobaciones de valor mediante los procedimientos legalmente establecidos.

¿Cuándo se paga el ITP en Navarra?

El plazo para presentar y pagar el ITP en Navarra es de dos meses desde la fecha de devengo del impuesto. En una compraventa ordinaria de vivienda usada, el devengo se produce normalmente cuando se formaliza la transmisión.

La presentación fuera de plazo puede dar lugar a las consecuencias tributarias previstas legalmente.

En determinadas operaciones especiales existen plazos diferentes. Por ejemplo, la extinción de usufructos por fallecimiento tiene sus propias reglas de presentación.

La autoliquidación correspondiente a una compraventa ordinaria de vivienda se realiza mediante el modelo 600 de la Hacienda Foral de Navarra.

¿Cómo se paga el ITP en Navarra?

El ITP en Navarra se autoliquida mediante el modelo 600 de la Hacienda Foral, que permite declarar las transmisiones patrimoniales onerosas sujetas al impuesto.

La presentación puede realizarse telemáticamente o mediante el sistema de predeclaración en papel habilitado por la Administración tributaria navarra.

Para completar el procedimiento es necesario calcular el impuesto, cumplimentar el modelo correspondiente, efectuar el ingreso cuando proceda y presentar la documentación exigida.

Pago electrónico del ITP en Navarra

La Hacienda Foral permite realizar la autoliquidación del ITP mediante su plataforma electrónica. El procedimiento habitual es el siguiente:

  1. Acceder al servicio oficial de presentación del modelo 600.
  2. Identificarse mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  3. Cumplimentar la autoliquidación con los datos del comprador, del inmueble y de la operación.
  4. Aplicar el tipo general o reducido correspondiente.
  5. Efectuar el pago mediante las opciones habilitadas.
  6. Adjuntar la documentación obligatoria y presentar la autoliquidación.

El pago puede realizarse directamente desde el formulario o mediante un Número de Referencia Completo (NRC) obtenido a través de una entidad financiera.

La Hacienda Foral exige efectuar el ingreso, cuando corresponda, antes de completar la presentación electrónica.

Puedes incorporar un enlace directo al trámite oficial del modelo 600 de Navarra.

Pago presencial del ITP en Navarra

También es posible utilizar el procedimiento de predeclaración en papel. Para ello, el contribuyente debe cumplimentar el formulario oficial y generar el documento correspondiente.

Cuando el resultado de la autoliquidación es a ingresar, debe abonarse previamente la carta de pago en una entidad financiera colaboradora de Hacienda Foral.

Posteriormente, debe presentarse la predeclaración firmada junto con la documentación exigida en una oficina de la Hacienda Foral de Navarra.

Es importante recordar que generar una predeclaración no equivale a presentar el impuesto. El procedimiento no se completa hasta que se activa conforme a las instrucciones oficiales.

¿Puedo estar exento de pagar el ITP en Navarra?

En Navarra existen determinadas operaciones que pueden disfrutar de una exención del ITP, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa foral.

Entre los supuestos contemplados se encuentran algunas operaciones realizadas por Administraciones Públicas y entidades expresamente reconocidas, así como determinadas transmisiones relacionadas con viviendas de protección oficial.

En el caso de las VPO, la normativa contempla, entre otras, la exención de determinadas operaciones destinadas a su promoción y construcción y de la primera transmisión de estas viviendas cuando se cumplen las condiciones legales, incluido el plazo establecido desde su calificación definitiva.

Por tanto, una vivienda no queda automáticamente exenta por tener la consideración de VPO.

También deben distinguirse las exenciones de las operaciones sujetas a otros impuestos:

  • La primera transmisión de una vivienda nueva realizada por un promotor está normalmente sujeta a IVA y, en su caso, a AJD.
  • Las herencias y donaciones tributan por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, por lo que no se liquidan mediante TPO.

Finalmente, los tipos reducidos del 5 % y del 4 % de Navarra tampoco constituyen exenciones: el comprador continúa pagando el impuesto, aunque a un porcentaje inferior al general.

Conclusión sobre el ITP Navarra

En 2026, el tipo general del ITP en Navarra es del 6 % para la adquisición de inmuebles de segunda mano.

No obstante, existen dos tipos reducidos especialmente relevantes para los compradores de vivienda habitual.

Las unidades familiares con dos o más hijos pueden aplicar un ITP reducido del 5 %, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Este beneficio se aplica sobre una base imponible máxima de 180.304 €, mientras que el exceso tributa al 6 %.

Por otra parte, determinadas adquisiciones de vivienda habitual en municipios oficialmente declarados en riesgo de despoblación pueden beneficiarse de un tipo reducido del 4 %.

Para determinar cuánto corresponde pagar, es necesario comprobar el valor fiscal del inmueble, las circunstancias familiares del comprador y la ubicación de la vivienda.

La autoliquidación debe realizarse mediante el modelo 600 en el plazo general de dos meses desde el devengo.

Tabla resumen del ITP en Navarra 2026

SupuestoTipoCondiciones principales
Tipo general6 %Adquisiciones inmobiliarias sin beneficio aplicable
Familias con dos o más hijos5 %Vivienda habitual y requisitos familiares
Exceso sobre 180.304 € en el supuesto anterior6 %Se aplica únicamente al exceso
Vivienda habitual en municipio en riesgo de despoblación4 %Municipio declarado oficialmente y adquisición del pleno dominio
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Preguntas Frecuentes sobre ITP NAVARRA

El tipo general del ITP en Navarra es del 6 %. Existen tipos reducidos del 5 % para determinadas unidades familiares con dos o más hijos y del 4 % para determinadas adquisiciones de vivienda habitual en municipios declarados en riesgo de despoblación.

Las unidades familiares con dos o más hijos pueden aplicar un 5 % cuando adquieren su vivienda habitual y cumplen los requisitos legales. No es imprescindible tener tres hijos para acceder a este beneficio.

El tipo reducido del 5 % se aplica sobre una base imponible máxima de 180.304 €, única por unidad familiar y vivienda. El exceso tributa al tipo general del 6 %.

Si toda la adquisición cumple los requisitos del 5 % y la base imponible es de 250.000 €, los primeros 180.304 € tributan al 5 % y los restantes 69.696 € al 6 %.

El impuesto total sería de 13.196,96 €.

Las adquisiciones de vivienda habitual situadas en municipios oficialmente declarados en riesgo de despoblación pueden aplicar un 4 %, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

No todas las localidades rurales tienen automáticamente derecho a este beneficio.

Navarra no establece un tipo reducido general del ITP exclusivamente por la edad del comprador dentro de los beneficios del 5 % y 4 % aquí descritos.

Sin embargo, los compradores jóvenes pueden acogerse a estos tipos si cumplen los requisitos familiares o territoriales correspondientes.

El artículo 8 de la normativa foral no establece, entre los tipos reducidos de vivienda aquí descritos, un porcentaje específico basado exclusivamente en la discapacidad del comprador.

No obstante, una persona con discapacidad puede acogerse a otros beneficios cuando cumple sus respectivos requisitos.

Determinadas operaciones relacionadas con viviendas de protección oficial pueden estar exentas. La aplicación depende de la operación concreta y de los requisitos establecidos por la normativa foral.

No todas las transmisiones de VPO están automáticamente exentas.

La normativa foral establece, con carácter general, el valor real del inmueble transmitido como base imponible.

La Hacienda Foral puede comprobar el valor declarado por los interesados y utilizar el valor resultante cuando sea superior.

El plazo general de presentación e ingreso es de dos meses desde el devengo del impuesto.

En una compraventa ordinaria, el devengo se produce normalmente cuando se formaliza la transmisión.

Para autoliquidar una compraventa ordinaria de vivienda usada en Navarra se utiliza el modelo 600 de la Hacienda Foral.

Sí. La Hacienda Foral permite presentar electrónicamente el modelo 600 utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

El ingreso puede efectuarse mediante los procedimientos electrónicos habilitados.

El comprador del inmueble es quien tiene la condición de sujeto pasivo en una compraventa sujeta a Transmisiones Patrimoniales Onerosas.