¿Qué se paga de ITP en Galicia en 2026?
El tipo general del ITP en Galicia es del 8 % en la compra de viviendas de segunda mano cuando no resulta aplicable ningún beneficio fiscal. Galicia contempla además numerosos tipos reducidos:
- 7 % para determinadas adquisiciones de vivienda habitual.
- 6 % para viviendas situadas en zonas poco pobladas o áreas rurales
y para determinados inmuebles destinados a rehabilitación. - 5 % para vivienda habitual en zonas rurales cuando se cumplen
los requisitos del tipo reducido de vivienda habitual. - 4 % para rehabilitación inmediata en zonas rurales.
- 3 % para determinados jóvenes menores de 36 años, familias numerosas,
familias monoparentales, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género.
Además, determinados compradores que pueden aplicar un tipo reducido del 3 % y adquieren su vivienda habitual en una zona poco poblada o área rural pueden disfrutar de una deducción del 100 % de la cuota, por lo que el importe final a pagar puede ser de 0 €.
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¿Qué es el ITP Galicia?
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Galicia grava, entre otras operaciones, la compra de viviendas de segunda mano y otras transmisiones patrimoniales onerosas.
En estas operaciones se aplica la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO). La Xunta de Galicia establece tipos generales, tipos reducidos y deducciones propias en función del inmueble y de las circunstancias del comprador.
¿Quién paga el ITP en Galicia?
El ITP en Galicia lo paga el comprador del inmueble, ya que es quien tiene la condición de sujeto pasivo en una transmisión patrimonial onerosa.
Por tanto, al adquirir una vivienda usada o de segunda mano, el comprador debe presentar la correspondiente autoliquidación del ITP mediante el modelo 600.
ITP Galicia reducido
Galicia dispone de numerosos tipos reducidos del ITP para facilitar la compra de vivienda habitual y fomentar la adquisición de inmuebles en zonas rurales. Los principales tipos vigentes en 2026 son:
- 7 % para vivienda habitual con límite de patrimonio.
- 6 % para vivienda en zonas poco pobladas o áreas rurales.
- 6 % para inmuebles objeto de rehabilitación inmediata.
- 5 % para vivienda habitual situada en zonas rurales cuando
se cumplen los requisitos de vivienda habitual. - 4 % para rehabilitación inmediata en zonas rurales.
- 3 % para determinados jóvenes, familias numerosas, familias
monoparentales, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género.
En determinados supuestos rurales existe además una deducción del 100 % de la cuota, que puede dejar el impuesto final en 0 €.
ITP Galicia reducido para compra de vivienda habitual
La adquisición de una vivienda habitual en Galicia puede tributar a un tipo reducido del 7 % cuando se cumplen los requisitos establecidos y no resulta aplicable otro tipo reducido más favorable.
Entre los requisitos principales:
- La vivienda debe destinarse a residencia habitual.
- La adquisición debe formalizarse en escritura pública, haciendo constar expresamente esta finalidad.
- Deben cumplirse los límites de patrimonio establecidos legalmente.
Para los supuestos sujetos a límite general, el precio de adquisición y el patrimonio computable no pueden superar 240.000 €, incrementados en 30.000 € por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero.
Si solo algunos compradores cumplen los requisitos, el tipo reducido se aplica proporcionalmente a la parte de la adquisición que corresponda a quienes sí los cumplen.
ITP Galicia reducido en zonas poco pobladas o áreas rurales
Galicia aplica tipos reducidos especiales a determinados inmuebles situados en parroquias consideradas zonas poco pobladas o áreas rurales:
- 6 % para la adquisición de una vivienda situada en estas zonas.
- 5 % cuando además va a constituir la vivienda habitual y se cumplen los requisitos del tipo reducido de vivienda habitual.
- 4 % para inmuebles situados en estas zonas que vayan a ser objeto de rehabilitación inmediata para destinarlos a vivienda.
Puedes consultar el listado de parroquias en este enlace.
ITP Galicia reducido para familias numerosas
Las familias numerosas pueden aplicar un tipo reducido del 3 % en el ITP en Galicia cuando adquieren una vivienda que vaya a constituir su residencia habitual y cumplen los requisitos previstos.
Los principales requisitos económicos son:
- El precio de adquisición de la vivienda no puede superar 400.000 €.
- La suma del patrimonio de todos los miembros de la familia numerosa, incluyendo el valor de adquisición de la vivienda conforme a las reglas aplicables, tampoco puede superar 400.000 €.
- Ambos límites aumentan en 50.000 € por cada miembro que exceda del mínimo necesario para tener la condición de familia numerosa.
Cuando la vivienda habitual se encuentra en una zona poco poblada o área rural y se cumplen los restantes requisitos, puede aplicarse una deducción del 100 % sobre la cuota resultante, dejando el importe final del impuesto en 0 €.
ITP Galicia reducido para jóvenes
Los compradores menores de 36 años pueden aplicar un tipo reducido del 3 % en el ITP en Galicia cuando adquieren una vivienda usada que vaya a constituir su residencia habitual.
Para aplicar el beneficio:
- El comprador debe tener menos de 36 años.
- La vivienda debe constituir su vivienda habitual.
- La compra debe formalizarse en escritura pública, haciendo constar la finalidad de vivienda habitual y la fecha de nacimiento.
- El precio de adquisición no puede superar 240.000 €.
- La suma del patrimonio computable más el valor de adquisición tampoco puede superar 240.000 €.
Estos límites se incrementan en 30.000 € por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero.
Si la vivienda está situada en una zona poco poblada o área rural, puede aplicarse además una deducción del 100 % de la cuota cuando se cumplan los requisitos, de modo que el impuesto final puede quedar en 0 €.
ITP Galicia reducido para víctimas de violencia de género
Las víctimas de violencia de género pueden aplicar un tipo reducido del 3 % en el ITP en Galicia cuando adquieren una vivienda que vaya a constituir su residencia habitual.
Para aplicar el beneficio:
- Debe acreditarse la situación de violencia de género conforme a la normativa gallega.
- La vivienda debe destinarse a residencia habitual.
- La adquisición debe formalizarse en escritura pública.
- El precio de la vivienda no puede superar 240.000 €, incrementados en 30.000 € por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero.
Cuando la vivienda se encuentra en una zona poco poblada o área rural y se cumplen los demás requisitos, puede aplicarse una deducción del 100 % de la cuota.
ITP Galicia reducido para personas con discapacidad
Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % pueden aplicar un tipo reducido del 3 % en el ITP en Galicia cuando la vivienda adquirida vaya a constituir su residencia habitual.
La compra debe formalizarse cumpliendo los requisitos previstos para este beneficio fiscal.
Si la vivienda habitual está situada en una zona poco poblada o área rural, puede aplicarse además una deducción del 100 % de la cuota, de manera que el importe final del impuesto puede ser de 0 €.
ITP Galicia reducido para familias monoparentales
Desde el 1 de enero de 2026, las familias monoparentales pueden aplicar un tipo reducido del 3 % en el ITP en Galicia cuando adquieren una vivienda habitual y cumplen los requisitos establecidos.
Entre ellos:
- La familia debe estar inscrita en el Registro de Familias Monoparentales Gallegas.
- La vivienda debe constituir la residencia habitual.
- La compra debe formalizarse en escritura pública.
- El precio de adquisición no puede superar 240.000 €.
- La suma del patrimonio computable más el valor de adquisición tampoco puede superar 240.000 €.
Estos límites aumentan en 30.000 € por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero.
Cuando la vivienda habitual está en una zona poco poblada o área rural y se cumplen los requisitos, también puede aplicarse una deducción del 100 % de la cuota.
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¿Cómo se calcula el ITP en Galicia?
El ITP en Galicia se calcula aplicando el tipo que corresponda sobre la base imponible de la transmisión.
Con carácter general, la compra de una vivienda usada tributa al 8 %, aunque existen tipos reducidos del 7 %, 6 %, 5 %, 4 % y 3 % cuando se cumplen los requisitos específicos previstos por la normativa gallega.
Ejemplos de cálculo del ITP en Galicia
Ejemplo 1: vivienda usada de 200.000 € sin reducción
200.000 € × 8 % = 16.000 €. El ITP a pagar sería de 16.000 €.
Ejemplo 2: vivienda habitual con tipo del 7 %
Si una persona compra una vivienda habitual por 200.000 € y cumple los requisitos del tipo reducido:
200.000 € × 7 % = 14.000 €. El ITP sería de 14.000 €.
Ejemplo 3: joven menor de 36 años
Si un comprador de 30 años adquiere su vivienda habitual por 200.000 € y cumple los requisitos:
200.000 € × 3 % = 6.000 €
El ahorro frente al tipo general sería de 10.000 €. Es el mismo esquema que utiliza ATRIGA en sus ejemplos oficiales.
Ejemplo 4: vivienda habitual en zona rural
Si una vivienda habitual de 200.000 € se encuentra en una zona poco poblada o área rural y se cumplen los requisitos generales:
200.000 € × 5 % = 10.000 €. El ITP sería de 10.000 €.
Ejemplo 5: joven en zona rural con deducción del 100 %
Cuando un comprador que puede aplicar el tipo reducido del 3 % adquiere su vivienda habitual en una zona poco poblada o área rural y cumple además los requisitos de la deducción:
200.000 € × 3 % = 6.000 €. Después se aplica una deducción del 100 % de esos 6.000 €, de manera que: ITP final: 0 €
¿Sobre qué valor se calcula el ITP en Galicia?
Cuando un inmueble dispone de valor de referencia del Catastro, este constituye con carácter general la base imponible mínima del ITP en Galicia.
Si el precio de compraventa, la contraprestación o el valor declarado son superiores al valor de referencia, se toma como base imponible la mayor de estas cantidades.
Por tanto, la tasación hipotecaria no determina automáticamente la base del ITP, y tampoco debe confundirse el valor de referencia con el valor catastral tradicional.
¿Cuándo se paga el ITP en Galicia?
El ITP en Galicia debe presentarse y pagarse en el plazo de 1 mes desde la compra de la vivienda usada.
La autoliquidación se realiza mediante el modelo 600 de ATRIGA. (Más información en atriga.gal)
¿Cómo se paga el ITP en Galicia?
La compra de una vivienda usada en Galicia se autoliquida mediante el modelo 600 de ATRIGA. El proceso habitual es:
- Determinar la base imponible. Debe comprobarse el valor de referencia del inmueble cuando exista. Si el precio o valor declarado es superior, se atiende al importe superior.
- Aplicar el tipo correspondiente. Se utiliza el 8 % general o, si se cumplen los requisitos, alguno de los tipos reducidos del 7 %, 6 %, 5 %, 4 % o 3 %.
- Aplicar las deducciones que correspondan. En determinados supuestos rurales puede existir una deducción del 100 % de la cuota.
- Cumplimentar el modelo 600.
- Realizar el pago y presentar la autoliquidación dentro del plazo de un mes.
¿Puedo estar exento de pagar el ITP en Galicia?
Sí, existen determinados supuestos de exención del ITP, aunque una exención no debe confundirse con un tipo reducido o una deducción.
Además, algunas transmisiones inmobiliarias no tributan por TPO porque están sometidas a otro impuesto. Por ejemplo:
- La primera transmisión de una vivienda nueva por un promotor está normalmente sujeta a IVA y, en su caso, AJD.
- Las herencias y donaciones tributan por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Determinadas operaciones y sujetos pueden disfrutar de las exenciones expresamente previstas en la normativa estatal.
Una vivienda protegida no está automáticamente exenta de ITP por el mero hecho de ser VPO. Su tributación depende del tipo de transmisión y de los requisitos que resulten aplicables.
Por otro lado, que determinados compradores de vivienda habitual en zonas rurales terminen pagando 0 € no significa necesariamente que la operación esté exenta: en muchos de estos casos existe una deducción del 100 % sobre la cuota previamente calculada.
Conclusión: ¿Qué ITP se paga en Galicia en 2026?
En 2026, el tipo general del ITP en Galicia es del 8 % para la compra de vivienda usada. No obstante, Galicia dispone de numerosos beneficios fiscales:
- 7 % para determinadas compras de vivienda habitual.
- 6 % para viviendas en zonas poco pobladas o áreas rurales y
determinados inmuebles destinados a rehabilitación. - 5 % para vivienda habitual en zonas rurales cuando se cumplen
los requisitos correspondientes. - 4 % para determinados inmuebles rurales destinados a rehabilitación
inmediata y para ciertas adquisiciones mediante contrato de vitalicio. - 3 % para jóvenes menores de 36 años, familias numerosas, familias
monoparentales, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género.
Además, determinados compradores de estos colectivos pueden aplicar una deducción del 100 % de la cuota cuando adquieren su vivienda habitual en zonas poco pobladas o áreas rurales, consiguiendo un resultado final de 0 € de ITP.
Por ello, para saber cuánto se paga realmente hay que comprobar el destino de la vivienda, su ubicación, la edad y situación familiar del comprador, su patrimonio y el valor del inmueble.
Tabla resumen: Tipos de ITP en Galicia en 2026
| Supuesto | Tipo / beneficio | Condiciones principales |
|---|---|---|
| Compra de vivienda usada sin beneficio | 8 % | Tipo general |
| Vivienda habitual | 7 % | Límites de precio/patrimonio: 240.000 € + incrementos |
| Vivienda en zona poco poblada o rural | 6 % | Inmueble situado en parroquia incluida |
| Vivienda habitual en zona rural | 5 % | Zona rural + requisitos de vivienda habitual |
| Rehabilitación inmediata | 6 % | Inmueble destinado a rehabilitación |
| Rehabilitación en zona rural | 4 % | Rehabilitación + ubicación rural |
| Jóvenes <36 años | 3 % | Vivienda habitual + límites de 240.000 € + incrementos |
| Familia numerosa | 3 % | Vivienda habitual + límites específicos de 400.000 € + incrementos |
| Familia monoparental | 3 % | Nuevo desde 2026 + límites de 240.000 € + incrementos |
| Discapacidad ≥65 % | 3 % | Vivienda habitual |
| Víctimas de violencia de género | 3 % | Vivienda habitual + 240.000 € + incrementos |
| Colectivos anteriores en determinadas zonas rurales | Deducción 100 % | Cuota final potencial de 0 € |
| Vivienda adquirida mediante determinado contrato de vitalicio | 4 % | Nuevo tipo desde 2026 y requisitos específicos |
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