Modelo 600 para préstamo familiar: cómo rellenarlo y declararlo correctamente

Un préstamo de dinero entre familiares debe documentarse correctamente, aunque se haga sin intereses. Cuando un padre presta dinero a un hijo, una pareja presta dinero a la otra o dos particulares formalizan un préstamo, la operación está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, pero los préstamos están exentos de pago.

En la práctica, esto significa que normalmente no habrá que pagar impuesto por recibir el préstamo, pero sí debe formalizarse y presentarse la autoliquidación correspondiente ante la administración tributaria competente. En muchas comunidades autónomas este trámite se realiza mediante el modelo 600.

Esta documentación adquiere todavía más importancia cuando el dinero se utiliza como entrada para comprar una vivienda, porque tanto Hacienda como el banco pueden necesitar conocer cuál es el verdadero origen de esos fondos.

¿Qué es el modelo 600 en un préstamo familiar?

El modelo 600 es una autoliquidación utilizada para determinadas operaciones sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Entre esas operaciones se encuentran los préstamos concedidos entre particulares.

Por ejemplo:

  • padres que prestan dinero a un hijo;
  • un hermano que presta dinero a otro;
  • un préstamo entre miembros de una pareja;
  • un préstamo entre amigos;
  • cualquier préstamo privado en el que el prestamista actúe como particular.

Desde el punto de vista tributario, lo importante no es que exista parentesco, sino que realmente estemos ante un préstamo y exista obligación de devolver el dinero.

¿Hay que presentar el modelo 600 por un préstamo entre familiares?

Un préstamo concedido por un particular está sujeto a la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, pero está exento de pago.

Por tanto, que el resultado económico sea de 0 € no significa necesariamente que pueda ignorarse la autoliquidación.

Debe comprobarse el procedimiento establecido por la comunidad autónoma competente y presentar la documentación correspondiente en la forma que esta determine.

¿Hay que pagar impuestos por un préstamo familiar?

Por la constitución del préstamo entre particulares no se paga cuota de ITP porque los préstamos están exentos.

Es importante distinguir:

Situación Tratamiento básico
Préstamo entre particulares Sujeto pero exento de ITP
Préstamo familiar al 0 % Puede ser préstamo aunque no genere intereses
Donación No existe obligación de devolver el dinero y tiene fiscalidad diferente

El hecho de que el préstamo esté exento no debe confundirse con que la operación no exista fiscalmente.

¿Quién debe presentar el modelo 600?

En un préstamo entre particulares, el sujeto pasivo es el prestatario: la persona que recibe el dinero.

Por ejemplo, si unos padres prestan 30.000 € a su hija para comprar una vivienda:

  • los padres son los prestamistas;
  • la hija es la prestataria;
  • la hija es quien figura como sujeto pasivo de la operación.

La terminología concreta y los campos del formulario pueden variar según la administración autonómica.

¿Dónde se presenta el modelo 600?

El ITP y AJD es un impuesto cuya gestión está cedida a las comunidades autónomas.

En un préstamo simple entre particulares, la competencia territorial se relaciona normalmente con la residencia habitual o domicilio fiscal del sujeto pasivo.

Por eso no existe una única página estatal en la que todos los contribuyentes de España presenten exactamente el mismo trámite.

Debe utilizarse el procedimiento de la administración tributaria autonómica que resulte competente.

¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 600 de un préstamo familiar?

La normativa estatal establece con carácter general un plazo de 30 días hábiles desde que se produce el acto o contrato.

Sin embargo, como la gestión está cedida a las comunidades autónomas, hay que comprobar siempre el plazo establecido por la administración competente.

Por ejemplo, actualmente Cataluña establece con carácter general un plazo de un mes desde la fecha del acto o contrato.

Por eso no utilizaría automáticamente “30 días hábiles” para cualquier préstamo familiar en España sin comprobar antes la comunidad autónoma.

¿Puede hacerse un préstamo familiar sin intereses?

Sí. Un préstamo entre familiares puede pactarse al 0 %.

La ausencia de intereses no convierte el préstamo en una donación.

La característica fundamental del préstamo es que quien recibe el dinero tiene la obligación de devolverlo.

Si se acuerda que no existan intereses, conviene indicarlo expresamente en el contrato para que no exista ambigüedad sobre las condiciones pactadas.

Préstamo familiar con intereses o sin intereses

Sin intereses Con intereses
Debe devolverse el capital Debe devolverse capital e intereses pactados
Puede pactarse un TIN del 0 % Debe definirse el tipo de interés
Conviene indicarlo expresamente Los intereses pueden tener consecuencias fiscales para el prestamista

En ambos casos sigue siendo fundamental que exista realmente una obligación de devolución.

¿Hace falta un contrato de préstamo familiar?

Es muy recomendable documentar por escrito el préstamo.

El contrato permite acreditar:

  • quién presta el dinero;
  • quién lo recibe;
  • cuánto dinero se presta;
  • cuándo se entrega;
  • cómo debe devolverse;
  • qué plazo existe;
  • si se cobran intereses;
  • qué ocurre en caso de amortización anticipada u otras incidencias.

Además, la administración autonómica puede exigir que se adjunte el documento en el que se ha formalizado el préstamo al presentar la autoliquidación.

¿Es necesario ir al notario?

Un préstamo familiar no tiene que formalizarse necesariamente ante notario para que exista.

Puede documentarse mediante un contrato privado firmado por las partes.

Otra cuestión es que, por las características concretas del préstamo, sus garantías o la seguridad jurídica que se busque, resulte conveniente una formalización diferente.

¿Qué debe incluir un contrato de préstamo entre padres e hijos?

Como mínimo conviene identificar claramente:

  • nombre, DNI o NIE y domicilio de prestamista y prestatario;
  • importe prestado;
  • fecha del préstamo;
  • forma de entrega del dinero;
  • plazo de devolución;
  • calendario o sistema de devolución;
  • tipo de interés, incluido 0 % cuando sea sin intereses;
  • posibilidad de amortización anticipada;
  • firmas de las partes.

Cuanto más coherentes sean el contrato y lo que posteriormente ocurra en la práctica, más sencillo será acreditar que existe un préstamo real.

Cómo rellenar el modelo 600 para un préstamo entre particulares

El diseño y los códigos concretos pueden variar entre comunidades autónomas, pero la información esencial suele ser similar.

1. Identificar el documento

Debe indicarse el documento en el que se ha formalizado el préstamo.

Puede tratarse, por ejemplo, de un contrato privado.

2. Identificar la operación

Debe seleccionarse el concepto correspondiente a un préstamo entre particulares o denominación equivalente utilizada por la administración autonómica.

3. Indicar la fecha

La fecha relevante será normalmente la fecha en la que se haya formalizado el contrato y se produzca el devengo correspondiente.

4. Introducir los datos del prestatario

La persona que recibe el dinero figura como sujeto pasivo del préstamo entre particulares.

5. Introducir los datos del prestamista

Debe identificarse a la persona que entrega el dinero.

6. Indicar el importe del préstamo

En un préstamo simple sin otra garantía, la base imponible está relacionada con el capital de la obligación.

Por ejemplo, si los padres prestan 40.000 €, se declarará el importe correspondiente al préstamo conforme al formulario autonómico.

7. Marcar la exención

El préstamo entre particulares está sujeto a ITP-TPO pero exento de pago.

No debe confundirse “exento” con “no sujeto”.

8. Adjuntar el contrato

La administración puede solicitar el documento en el que se haya formalizado el préstamo.

Conviene conservar tanto el contrato como el justificante de presentación de la autoliquidación.

Modelo 600 de préstamo familiar sin intereses: ejemplo

Imaginemos el siguiente caso:

  • unos padres prestan 30.000 € a su hija;
  • el dinero se utilizará para parte de la entrada de una vivienda;
  • el préstamo se devolverá durante 10 años;
  • se pacta un interés del 0 %;
  • las devoluciones se realizarán mediante transferencia bancaria.

Las partes firman un contrato privado en el que quedan reflejadas todas esas condiciones.

Posteriormente, la prestataria presenta la autoliquidación correspondiente ante su administración autonómica, declara el préstamo como operación sujeta y aplica la exención correspondiente.

Resultado:

el préstamo queda documentado y la cuota de ITP por su constitución es 0 €.

¿El modelo 600 convierte automáticamente el dinero en un préstamo?

No.

Este es un matiz importante.

Presentar un modelo 600 ayuda a documentar fiscalmente la operación, pero la Administración puede valorar la realidad de lo ocurrido.

Si se declara un préstamo pero:

  • no existe ninguna obligación real de devolverlo;
  • nunca se realizan devoluciones;
  • las condiciones son incompatibles con lo que realmente hacen las partes;

podrían surgir dudas sobre la verdadera naturaleza de la operación.

Por eso no basta con rellenar un formulario: el comportamiento posterior debe ser coherente con la existencia de un préstamo.

Préstamo familiar o donación: ¿cuál es la diferencia?

La diferencia fundamental es muy sencilla:

Préstamo Donación
Existe obligación de devolución No existe obligación de devolver el dinero
Existe una deuda del prestatario Existe un desplazamiento patrimonial gratuito
El préstamo está exento de ITP Puede quedar sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Por eso la decisión no debería tomarse simplemente en función de cuál resulte fiscalmente más conveniente: debe reflejar lo que las partes realmente pretenden hacer.

¿Puede Hacienda considerar una donación un préstamo familiar?

No por el simple hecho de no presentar el modelo 600.

La verdadera cuestión es si existe o no un préstamo real.

Para acreditarlo ayudan especialmente:

  • contrato firmado;
  • transferencia bancaria inicial;
  • modelo 600 o autoliquidación correspondiente;
  • calendario de devolución;
  • transferencias posteriores de devolución;
  • coherencia entre lo pactado y lo realmente ejecutado.

Cuanta más trazabilidad exista, más sencillo será acreditar la naturaleza de la operación.

¿Qué pasa si no presento el modelo 600?

Si existía obligación de presentar la autoliquidación y no se hace dentro del plazo, puede producirse una presentación fuera de plazo y las consecuencias correspondientes según la normativa tributaria.

No significa automáticamente que el dinero pase a ser una donación.

Pero sí se pierde una de las principales evidencias documentales utilizadas para dejar constancia fiscal del préstamo.

¿Se puede presentar el modelo 600 fuera de plazo?

En general, una autoliquidación puede acabar presentándose después del plazo correspondiente, pero debe analizarse qué consecuencias proceden en función de la normativa tributaria y de la comunidad autónoma competente.

Si el plazo ya ha vencido, lo recomendable es regularizar la situación en lugar de continuar dejando la operación sin declarar.

¿Hay que guardar los justificantes de devolución?

Sí, es muy recomendable.

Si se pacta que el hijo devolverá 250 € cada mes, lo ideal es que esas devoluciones puedan acreditarse.

Por ejemplo, mediante transferencias con un concepto identificable como:

“Devolución préstamo familiar – cuota 12”

Eso permite relacionar fácilmente cada movimiento con el contrato.

¿Es mejor devolver el préstamo por transferencia?

Desde el punto de vista documental, sí suele ser mucho más sencillo.

Las transferencias proporcionan trazabilidad sobre:

  • quién paga;
  • quién recibe;
  • fecha;
  • importe;
  • concepto.

Las devoluciones en efectivo resultan mucho más difíciles de acreditar posteriormente.

Modelo 600 de préstamo entre padres e hijos para comprar una vivienda

Una de las situaciones más habituales se produce cuando los padres ayudan a un hijo a completar el ahorro necesario para comprar una vivienda.

Por ejemplo:

  • precio de vivienda: 250.000 €;
  • ahorro propio del comprador: 30.000 €;
  • préstamo familiar: 25.000 €;
  • resto mediante financiación hipotecaria.

En este escenario es especialmente importante diferenciar si los 25.000 € son:

  • un préstamo que el hijo deberá devolver;
  • o una donación que no deberá devolver.

La respuesta puede influir no solo fiscalmente, sino también en el análisis hipotecario.

¿Afecta un préstamo familiar a pedir una hipoteca?

Sí, puede afectar.

Un préstamo familiar sigue siendo una deuda aunque el prestamista sea el padre, la madre, un hermano u otra persona cercana.

Si existe una obligación de devolver periódicamente el dinero, esas cuotas pueden influir en la capacidad económica del solicitante.

Por eso no debe presentarse el préstamo familiar como si fuese simplemente “ahorro propio”.

¿El banco cuenta el préstamo de los padres como deuda?

Puede hacerlo dentro de su análisis de solvencia.

El banco necesitará conocer:

  • importe pendiente;
  • plazo;
  • cuota;
  • condiciones de devolución;
  • resto de obligaciones financieras del solicitante.

El hecho de que no tenga intereses no elimina la obligación de devolver el principal.

Consulta también cómo funciona el ratio de endeudamiento.

Ejemplo del efecto del préstamo familiar en el endeudamiento

Supongamos que una persona gana 2.500 € netos mensuales y quiere contratar una hipoteca con una cuota de 700 €.

Sin otras deudas:

700 ÷ 2.500 × 100 = 28 %

Ahora supongamos que además devuelve 300 € mensuales de un préstamo familiar:

(700 + 300) ÷ 2.500 × 100 = 40 %

La situación financiera cambia considerablemente.

Este ejemplo no significa que todos los bancos calculen el riesgo exactamente de la misma manera, pero explica por qué un préstamo familiar puede ser relevante para la viabilidad hipotecaria.

¿Es mejor un préstamo familiar o una donación para comprar vivienda?

Son operaciones diferentes y no existe una respuesta universal.

Un préstamo genera una obligación de devolución.

Una donación no.

Además, la fiscalidad de las donaciones depende en gran medida de la comunidad autónoma y de la relación entre donante y donatario.

Desde el punto de vista hipotecario también hay una diferencia relevante: una donación correctamente formalizada no genera una deuda que deba devolverse al donante, mientras que un préstamo sí.

¿Puede utilizarse un préstamo familiar para conseguir una hipoteca al 100 %?

Un préstamo familiar puede aportar liquidez para cubrir una parte del dinero necesario en una operación, pero no transforma automáticamente una financiación bancaria parcial en una hipoteca al 100 %.

Además, al tratarse de una deuda, puede afectar a la capacidad de pago que analiza la entidad.

Si el problema principal es la falta de ahorro, es preferible estudiar conjuntamente la financiación bancaria y las obligaciones que generaría cualquier préstamo familiar.

Consulta nuestras opciones de hipoteca al 100 %.

¿Debe conocer el banco que existe el préstamo familiar?

La solicitud hipotecaria debe basarse en información económica veraz y completa.

La entidad analiza los compromisos financieros existentes para evaluar si el cliente podrá atender las cuotas de la nueva hipoteca.

Ocultar una deuda para aparentar mayor capacidad económica no es una estrategia adecuada para solicitar financiación.

Errores frecuentes con el modelo 600 y los préstamos familiares

  • Confundir exento con no sujeto. El préstamo entre particulares está sujeto a ITP pero exento de pago.
  • Utilizar un plazo autonómico incorrecto. Hay que comprobar qué establece la comunidad competente.
  • No firmar un contrato. Reduce considerablemente la claridad documental de la operación.
  • No indicar expresamente que el préstamo es al 0 %. Si no existen intereses, conviene dejarlo claro.
  • Declarar un préstamo que realmente es una donación. La documentación debe coincidir con la realidad.
  • No efectuar las devoluciones pactadas. Puede poner en cuestión la realidad del préstamo.
  • Devolver grandes cantidades en efectivo. Dificulta la trazabilidad.
  • Considerar el préstamo familiar como ahorro sin deuda al pedir una hipoteca. Existe una obligación de devolución.

Documentos que conviene conservar

Una vez formalizado el préstamo, conviene guardar:

  • contrato firmado;
  • justificante de la transferencia inicial;
  • modelo 600 o autoliquidación presentada;
  • justificante de presentación;
  • extractos o transferencias de las devoluciones;
  • cualquier modificación posterior del contrato.

La documentación debería conservarse de forma conjunta para que pueda reconstruirse fácilmente toda la operación.

Checklist para hacer un préstamo familiar correctamente

  1. Decidir si realmente será préstamo o donación.
  2. Definir importe y condiciones.
  3. Redactar y firmar el contrato.
  4. Indicar expresamente si hay o no intereses.
  5. Entregar el dinero mediante un medio trazable.
  6. Comprobar qué administración autonómica es competente.
  7. Verificar su plazo de presentación.
  8. Presentar el modelo 600 o trámite correspondiente.
  9. Conservar el justificante.
  10. Cumplir el calendario de devolución.
  11. Guardar prueba de cada pago.
  12. Informar correctamente de la deuda si posteriormente se solicita una hipoteca.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 600 de préstamo familiar

¿Hay que presentar el modelo 600 por un préstamo entre familiares?

Un préstamo concedido por un particular está sujeto a ITP-TPO pero exento de pago. Debe comprobarse el procedimiento de presentación establecido por la comunidad autónoma competente.

¿Cuánto se paga por el modelo 600 de un préstamo familiar?

La constitución de un préstamo entre particulares está exenta de ITP, por lo que la cuota por el préstamo es de 0 €, aunque exista obligación de presentar la autoliquidación correspondiente.

¿Quién presenta el modelo 600, quien presta o quien recibe?

En un préstamo entre particulares el sujeto pasivo es el prestatario, es decir, la persona que recibe el dinero.

¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 600?

La normativa estatal contempla con carácter general 30 días hábiles, pero debe consultarse la regulación y el procedimiento de la comunidad autónoma competente porque existen particularidades autonómicas.

¿Se puede hacer un préstamo familiar sin intereses?

Sí. Puede pactarse un préstamo al 0 %, pero conviene reflejar expresamente esa condición en el contrato y mantener una devolución real del capital.

¿Hace falta un notario para prestar dinero a un hijo?

No necesariamente. Un préstamo puede documentarse mediante contrato privado, aunque determinadas operaciones o garantías pueden requerir o aconsejar otra forma de formalización.

¿Qué pasa si no presento el modelo 600?

Puede existir un incumplimiento de la obligación de presentación y una autoliquidación fuera de plazo. No presentar el modelo no convierte automáticamente el dinero en una donación, pero dificulta la documentación fiscal del préstamo.

¿Un préstamo de padres a hijos afecta a la hipoteca?

Sí puede afectar. Si existe obligación de devolución, constituye una deuda y sus cuotas pueden ser relevantes para el análisis de solvencia y del ratio de endeudamiento.

¿Es lo mismo préstamo familiar que donación?

No. En un préstamo existe obligación de devolver el dinero; en una donación no. También tienen un tratamiento fiscal distinto.