¿Qué se paga de ITP en Asturias en 2026?
El ITP en Asturias es del 8 % para inmuebles de hasta 300.000 €, del 9 % para importes entre 300.000 € y 500.000 €, y del 10 % cuando el valor del inmueble supera los 500.000 €. Estos son los tipos generales aplicables a la compra de inmuebles de segunda mano, según la normativa del Principado de Asturias.
Además, la normativa autonómica contempla tipos reducidos, como el 3 % para determinadas viviendas de protección pública y los tipos del 4 % o 6 % para la compra de vivienda habitual por jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas, familias monoparentales, mujeres víctimas de violencia de género y compradores de viviendas situadas en zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
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¿Qué es el ITP en Asturias?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Asturias es el tributo que grava la compra de viviendas de segunda mano y otras transmisiones patrimoniales onerosas entre particulares.
En el Principado de Asturias, este impuesto está regulado por la administración autonómica, lo que permite la aplicación de tipos impositivos progresivos y reducciones específicas, distintas de las existentes en otras comunidades autónomas. (BOE)
¿Quién paga el ITP en Asturias?
El ITP en Asturias lo paga el comprador del inmueble, ya que es quien tiene la condición de sujeto pasivo del impuesto en las transmisiones patrimoniales onerosas.
En la práctica, esto implica que al adquirir una vivienda de segunda mano, el comprador debe asumir el pago del ITP correspondiente, además del resto de gastos asociados a la compraventa, como notaría, registro o gestoría.
ITP Asturias y sus tipos reducidos
En Asturias existen distintos tipos reducidos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales aplicables a determinadas adquisiciones de vivienda, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa autonómica.
Entre ellos se encuentran el tipo reducido del 3 % para determinadas viviendas de protección pública y los tipos del 4 % o 6 % aplicables a determinados compradores de vivienda habitual y a viviendas situadas en determinadas zonas rurales.
ITP Asturias reducido para vivienda de protección pública
En Asturias se aplica un tipo reducido del 3 % de ITP a las segundas o posteriores transmisiones de viviendas calificadas de protección pública por el Principado de Asturias, siempre que la vivienda constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del comprador.
Para poder aplicar este tipo reducido deben cumplirse los siguientes requisitos:
- La vivienda debe mantener la calificación de vivienda protegida y estar sujeta a precio máximo de venta.
- El comprador, como consecuencia de la adquisición, no puede resultar propietario ni titular de derechos reales sobre más de una vivienda.
- La vivienda debe ocuparse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de seis meses desde la adquisición, salvo causa justificada.
- Debe mantenerse como residencia habitual durante al menos tres años consecutivos, salvo las excepciones previstas legalmente.
Este tipo reducido del 3 % no se aplica por el simple hecho de que una vivienda haya sido VPO en algún momento: deben seguir cumpliéndose las condiciones exigidas por la normativa asturiana en la fecha del devengo.
ITP Asturias reducido para vivienda habitual
En Asturias se aplican tipos reducidos del 4 % y del 6 % en determinadas adquisiciones de vivienda habitual.
Estos tipos pueden aplicarse a las segundas o posteriores transmisiones de viviendas situadas en zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, así como a las adquisiciones de vivienda habitual realizadas por:
- Jóvenes de hasta 35 años.
- Familias numerosas.
- Familias monoparentales.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
El tipo aplicable depende del valor del inmueble:
- 4 % cuando el valor de la vivienda sea de hasta 150.000 euros.
- 6 % cuando el valor de la vivienda sea superior a 150.000 euros
Para aplicar estos tipos reducidos, la vivienda debe constituir o ir a constituir la residencia habitual del comprador. Además, debe ser ocupada de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de seis meses desde la adquisición y mantenerse como residencia habitual durante al menos tres años, salvo las excepciones previstas por la normativa.
El beneficio también puede extenderse a los anexos adquiridos conjuntamente con la vivienda, con un máximo de un trastero y dos plazas de garaje por vivienda.
Para 2026, la referencia territorial ya no se limita a los antiguos “concejos en riesgo de despoblación”, sino a las zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica clasificadas conforme al Decreto 83/2025.
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¿Cómo se calcula el ITP en Asturias?
Para calcular el ITP en Asturias hay que determinar primero la base imponible y después aplicar el tipo que corresponda según el valor del inmueble y, en su caso, las circunstancias del comprador.
Desde 2022, cuando el inmueble dispone de valor de referencia del Catastro, este se toma como base imponible, salvo que el comprador declare un valor superior, en cuyo caso se utiliza ese importe superior. Si el inmueble no tiene valor de referencia, la Administración puede aplicar las reglas de valoración previstas legalmente. Una vez determinada la base imponible, con carácter general se aplica:
- 8 % si el valor del inmueble no supera los 300.000 €.
- 9 % si el valor está entre 300.000,01 € y 500.000 €.
- 10 % si supera los 500.000 €.
En los supuestos con derecho a tipo reducido pueden aplicarse porcentajes del 3 %, 4 % o 6 %, según el tipo de vivienda y los requisitos que se cumplan.
En Asturias, a diferencia de Aragón, no se aplica una tarifa marginal por tramos: el porcentaje correspondiente se aplica sobre toda la base imponible.
Ejemplos de cálculo del ITP en Asturias
Ejemplo 1: vivienda de 250.000 €
Una persona compra una vivienda de segunda mano en Asturias con una base imponible de 250.000 € y no tiene derecho a ningún tipo reducido. Como el valor no supera los 300.000 €, se aplica el tipo general del 8 %:
ITP = 250.000 € × 8 % = 20.000 €. Por tanto, el comprador tendría que pagar 20.000 € de ITP.
Ejemplo 2: vivienda de 350.000 €
Una persona compra una vivienda de segunda mano con una base imponible de 350.000 € y no tiene derecho a ningún tipo reducido. Al superar los 300.000 €, el tipo general aplicable es del 9 % sobre toda la base imponible:
ITP = 350.000 € × 9 % = 31.500 €. Por tanto, el comprador tendría que pagar 31.500 € de ITP.
¿Cuándo se paga el ITP en Asturias?
Para pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias hay que seguir, con carácter general, estos pasos:
- Determinar la base imponible del inmueble. En las transmisiones de inmuebles, debe tenerse en cuenta el valor de referencia del Catastro cuando exista. Si el valor declarado o el precio pactado son superiores, se utiliza el valor más alto que corresponda conforme a la normativa aplicable.
- Aplicar el tipo de ITP correspondiente. El tipo general en Asturias es del 8 %, 9 % o 10 % según el valor del inmueble, aunque pueden existir tipos reducidos del 3 %, 4 % o 6 % en determinados supuestos.
- Cumplimentar el modelo 600. Las transmisiones de inmuebles se autoliquidan con carácter general mediante el modelo 600 del Principado de Asturias.
- Realizar el pago y presentar la autoliquidación. El pago puede efectuarse a través de una entidad financiera colaboradora o mediante pago telemático con certificado digital. Posteriormente debe presentarse la autoliquidación junto con la documentación correspondiente.
¿Cómo se paga el ITP en Asturias?
Para efectuar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias has de seguir los siguientes pasos:
- Calcula la cuantía del impuesto a pagar: Debes calcular el porcentaje del ITP (general o reducido, según tu caso) sobre el mayor de los siguientes valores: valor de tasación, valor de compra o valor catastral del inmueble.
- Obtén y completa el modelo 600 de Asturias: El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Asturias se efectúa utilizando el modelo 600, el cual puedes descargar desde el sitio web de la Agencia Tributaria de Asturias o recoger en alguna de sus oficinas.
- Realiza el pago del ITP: Para pagar el impuesto puedes utilizar cualquiera de las siguientes opciones:
- Pago en línea: El ITP en Asturias se puede pagar en línea a través del portal de la Agencia Tributaria de Asturias. Para completar la transacción, deberás tener a mano tus datos bancarios.
- Pago presencial: Si lo prefieres, puedes efectuar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora. Sólo necesitas llevar el formulario 600 completado y el importe correspondiente para realizar el pago.
- Presenta el modelo 600: Una vez efectuado el pago, deberás presentar el modelo 600 junto con el comprobante de pago y una copia de la escritura de compraventa en la oficina de la Agencia Tributaria de Asturias o en alguno de sus puntos de atención.
¿Puedo estar exento de pagar el ITP en Asturias?
Existen operaciones inmobiliarias en las que no se paga la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) o en las que pueden resultar aplicables determinadas exenciones fiscales. Entre los principales supuestos se encuentran:
- Compra de vivienda nueva: con carácter general, la primera entrega de una vivienda realizada por el promotor está sujeta a IVA y no a TPO. Además, la escritura puede quedar sujeta a Actos Jurídicos Documentados (AJD).
- Herencias y donaciones: no tributan por TPO, sino por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Determinadas operaciones realizadas por Administraciones Públicas, organismos internacionales u otros sujetos expresamente contemplados por la normativa: pueden disfrutar de exenciones cuando se cumplan los requisitos legales correspondientes.
- Determinadas transmisiones inmobiliarias exentas de IVA: en algunos supuestos concretos pueden tributar por TPO con tipos específicos. En Asturias existe, por ejemplo, un tipo del 2 % para determinadas transmisiones de inmuebles adquiridos por sujetos pasivos de IVA cuando resulte aplicable una exención de IVA y no se haya renunciado a ella.
Por tanto, que una operación no tribute por TPO no significa necesariamente que esté libre de impuestos, ya que puede quedar sujeta a IVA, AJD, Sucesiones y Donaciones u otro tributo según la naturaleza de la operación.
Conclusión sobre el ITP en Asturias 2026
En Asturias, la compra de una vivienda de segunda mano tributa con carácter general al 8 % cuando el valor del inmueble no supera los 300.000 euros, al 9 % entre 300.000,01 y 500.000 euros y al 10 % cuando supera los 500.000 euros.
Además, existen tipos reducidos para determinados supuestos. Las segundas o posteriores transmisiones de determinadas viviendas de protección pública pueden tributar al 3 %, mientras que determinadas adquisiciones de vivienda habitual pueden aplicar un tipo del 4 % hasta 150.000 euros o del 6 % cuando se supera ese valor. Estos últimos tipos pueden resultar aplicables a jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas, familias monoparentales, mujeres víctimas de violencia de género y determinadas viviendas situadas en zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica.
Antes de calcular cuánto se paga de ITP en Asturias conviene comprobar correctamente la base imponible, el tipo aplicable y si el comprador puede beneficiarse de alguno de los tipos reducidos previstos por la normativa autonómica.
Tabla resumen del ITP en Asturias 2026
| Tipo de operación o comprador | Tipo de ITP | Requisitos principales |
|---|---|---|
| General, hasta 300.000 € | 8 % | Cuando no resulte aplicable ningún tipo reducido |
| General, de 300.000,01 € a 500.000 € | 9 % | Cuando no resulte aplicable ningún tipo reducido |
| General, más de 500.000 € | 10 % | Cuando no resulte aplicable ningún tipo reducido |
| Vivienda de protección pública | 3 % | Segunda o posterior transmisión y cumplimiento de los requisitos legales de vivienda protegida |
| Jóvenes de hasta 35 años | 4 % hasta 150.000 € / 6 % si supera 150.000 € | Vivienda habitual y cumplimiento de los requisitos del artículo 32 bis |
| Familias numerosas | 4 % hasta 150.000 € / 6 % si supera 150.000 € | Vivienda habitual y cumplimiento de los requisitos legales |
| Familias monoparentales | 4 % hasta 150.000 € / 6 % si supera 150.000 € | Vivienda habitual y cumplimiento de los requisitos legales |
| Mujeres víctimas de violencia de género | 4 % hasta 150.000 € / 6 % si supera 150.000 € | Vivienda habitual y cumplimiento de los requisitos legales |
| Viviendas en zonas rurales de concejos en riesgo de despoblamiento o crisis demográfica | 4 % hasta 150.000 € / 6 % si supera 150.000 € | Segunda o posterior transmisión, vivienda habitual y zona clasificada conforme a la normativa vigente |
Si quieres buscar la información en una fuente oficial, te dejamos el enlace de la página de tributos de la Asturias.
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