¿Cuánto se paga de ITP en Madrid al comprar una vivienda en 2025?

Si estás pensando en comprar una vivienda de segunda mano en Madrid, uno de los principales impuestos que tendrás que tener en cuenta es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que es el tributo autonómico que grava la compraventa de inmuebles usados.

En general, el ITP en Madrid es del 6% del valor del inmueble pero hay más: Madrid ofrece tipos reducidos y bonificaciones en el ITP en casos concretos, como en la compra de vivienda habitual por parte de jóvenes o familias numerosas. Te lo explicamos todo a continuación, punto por punto.

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ANTES DE CONTINUAR…

¿Qué es el ITP en Madrid?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto que se aplica cuando compras una vivienda de segunda mano. Este impuesto es gestionado por las comunidades autónomas, por lo que el porcentaje y las bonificaciones pueden variar según la región.

El tipo general del ITP en Madrid es del 6%, aunque existen tipos reducidos si se cumplen ciertos requisitos.
Si compras una vivienda nueva, este impuesto no se aplica, ya que en ese caso se paga IVA y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en lugar de ITP.

Bonificaciones ITP Madrid

La Comunidad de Madrid tiene el ITP reducido y bonificado para determinados colectivos. Aquí te los detallamos:

ITP Madrid bonificado para familias numerosas

Las familias numerosas tienen bonificación en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pagando un 4% en lugar del tipo general.

Para acceder a esta bonificación se han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el inmueble constituya vivienda habitual.
  • Si alguno de los titulares fuese propietario de la anterior vivienda habitual, se haya vendido o se venda en los 2 años anteriores o posteriores.

Reducción del 10% de la cuota del ITP en Madrid

La Comunidad de Madrid también ofrece una bonificación del 10% de la cuota resultante del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Los requisitos para acceder a la bonificación son los siguientes:

  • El inmueble constituya vivienda habitual.
  • El valor del inmueble sea igual o inferior a 250.000€ (incluido anejos y plazas de parking que se transmitan conjuntamente, aun siendo fincas independientes.
  • No compatible con bonificación de familia numerosa.
  • La bonificación se aplicará al tipo impositivo habitual, es decir si cumple requisitos el ITP pasará a ser del 5,4%.

Nuevas bonificaciones en el ITP Madrid en 2025

La Comunidad de Madrid ha aprobado una serie de deducciones fiscales para impulsar la vivienda en municipios con menos de 2.500 habitantes. Entre ellas, destacan:

  • Deducción de 1.000 € para menores de 35 años que trasladen su residencia habitual a estos municipios, ya sea en propiedad o alquiler.
  • Deducción del 10 % del precio de compra, hasta 1.546 €/año durante 10 años.
  • Bonificación del 100 % en el ITP (para viviendas de segunda mano).

También se incluye una bonificación del 100 % en ITP y AJD para los afectados por la línea 7B de metro en San Fernando de Henares que compren una nueva vivienda para sustituir la dañada.

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¿Quién paga el ITP Madrid?

El comprador es el responsable de pagar el ITP en Madrid. Este pago se realiza una sola vez, tras la compra del inmueble, y debe hacerse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura de compraventa ante notario.

¿Cómo se paga el ITP en Madrid?

Para efectuar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Madrid has de seguir los siguientes pasos:

  1. Calcular el ITP a pagar: Calcula el ITP con calculadora escogiendo el porcentaje correspondiente (general o reducido, según tu caso) sobre el mayor de los siguientes valores: valor de tasación, valor de compra o valor catastral del inmueble.
    Si quieres saber la valoración de un inmueble en la Comunidad de Madrid, visita la página web del catastro para obtener el valor de referencia catastral de la vivienda que quieras.
  2. Conseguir y rellanar el modelo 600 en la Comunidad de Madrid: El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Madrid se efectúa utilizando el mod 600 de la Comunidad de Madrid, el cual puedes descargar desde el sitio web de la Agencia Tributaria de Madrid o recoger en alguna de sus oficinas.
  3. Realiza el pago del ITP de Madrid: ¿No sabes dónde se paga el ITP en Madrid? Tienes dos opciones para realizar el trámite:
    • Pago en línea: El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se puede pagar en línea a través del portal de la Agencia Tributaria de Madrid. Para completar la transacción, deberás tener a mano tus datos bancarios.
    • Pago presencial: Si lo prefieres, puedes efectuar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora. Sólo necesitas llevar el formulario 600 completado y el importe correspondiente para realizar el pago.
  4. Presentación del modelo 600 en la Comunidad de Madrid: Una vez efectuado el pago, deberás presentar el modelo 600 en Madrid junto con el comprobante de pago y una copia de la escritura de compraventa en la oficina de la Agencia Tributaria de Madrid o en alguno de sus puntos de atención.

¿Cuándo se paga el ITP en Madrid?

Tienes 30 días hábiles desde la firma de la compraventa para presentar y pagar el ITP. Si te pasas de plazo, la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid podrá aplicar recargos e intereses de demora.

¿Quién está exento del ITP en Madrid?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Madrid se paga cuando la propiedad que se compra ya ha sido transmitida a un titular. Es decir, que estás se compra de «segunda mano». Hay otro tipo de operaciones en las que no se paga ITP en Madrid, son las siguientes:

  • Transmisiones a Entidades Públicas: Las transmisiones de bienes a entidades públicas como el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales pueden estar exentas del ITP en Madrid.
  • Herencias y Donaciones: Aunque las herencias y donaciones están gravadas por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la transmisión de una propiedad a través de estos medios está exenta del ITP en Madrid.
  • Transmisiones sujetas a IVA: En el caso de la venta de una vivienda nueva (primera transmisión), al estar sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), no se aplica el ITP de Madrid. No obstante, para viviendas de segunda mano, que no están sujetas a IVA, sí se debe pagar el ITP de Madrid.
    También hay que tener en cuenta que en las transmisiones sujetas a IVA puede haber otro gravamen, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de Madrid.
  • Organismos Internacionales y Diplomáticos: Las compraventas efectuadas por determinados organismos internacionales o por diplomáticos pueden estar exentas del impuesto bajo ciertas condiciones específicas.

¿Cuál es la base imponible del ITP Madrid?

La base imponible del ITP será el mayor de estos tres valores: precio de compraventa, valor de tasación y valor de referencia catastral.

Si no existe valor de referencia, se puede pedir una valoración previa a la Comunidad de Madrid para determinar el valor mínimo a declarar.

¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda en Madrid?

En resumen, si compras una vivienda de segunda mano en Madrid, pagarás o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP Madrid), que es un 6% el tipo general, o bien el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) si estamos hablando de una obra nueva.

Otros gastos asociados a la compra son los gastos de tasación y los gastos de notaría, registro y gestoría.

Si necesitas una guía completa sobre los gastos de compraventa de una vivienda, te recomendamos leer nuestro artículo sobre gastos al comprar vivienda.

Conclusión: ITP en Madrid en 2025

En 2025, el tipo general del ITP en la Comunidad de Madrid es del 6 % para la compra de vivienda de segunda mano. No obstante, se han aprobado distintas bonificaciones y reducciones dirigidas a colectivos concretos como familias numerosas, jóvenes o residentes en municipios rurales. Además, se aplican beneficios fiscales especiales para quienes resulten afectados por la línea 7B del metro. Estas medidas permiten pagar menos impuestos si se cumplen ciertos requisitos.

Tabla resumen: Tipos de ITP en Madrid en 2025

Tipo ITPBeneficiariosCondiciones principales
6 % (general)Cualquier compradorValor del inmueble sin condiciones específicas.
4 %Familias numerosas– Vivienda habitual- Si tienen otra vivienda habitual, debe haberse vendido en los 2 años anteriores o posteriores.
5,4 %Vivienda habitual ≤ 250.000 €– Vivienda habitual- No se aplica junto con bonificación de familia numerosa- Incluye garajes y anexos si se transmiten juntos.
0 %Vivienda en municipios con <2.500 hab. o afectados por la línea 7B– Bonificación total en ITP (2ª mano) y AJD (obra nueva)- Aplica a residentes menores de 35 años o sustitución de vivienda dañada.

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Preguntas Frecuentes sobre ITP MADRID

El tipo general del ITP en la Comunidad de Madrid es del 6 %, aplicado sobre el mayor valor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral. También existe la bonificación de la cuota del 10% para viviendas de hasta 250.000€ y el tipo reducido al 4% para familias numerosas.

Desde el 1 enero de 2019, si compras una vivienda habitual de hasta 250.000 €, puedes aplicar una bonificación del 10 % sobre la cuota del ITP. Esta reducción es incompatible con el tipo reducido del 4 % para familias numerosas, que también se aplica en vivienda habitual si se cumplen requisitos.

El ITP debe liquidarse dentro de un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura o contrato de compraventa en la Comunidad de Madrid. Este plazo excluye sábados, domingos y festivos, y la declaración se presenta mediante el modelo 600 en la sede electrónica o de forma presencial.

En Madrid, el ITP se calcula aplicando el 6 % sobre el mayor valor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral. Por ejemplo, una vivienda de 200.000 € genera un ITP de 12.000 € (200.000 × 6 %).

El tipo general es del 6 %. Existe una bonificación del 10 % de la cuota si la vivienda habitual cuesta hasta 250.000 €. Las familias numerosas pueden aplicar un tipo reducido del 4 %, y las inmobiliarias, un 2 % si revenden en menos de 3 años. También hay exención total para jóvenes menores de 35 años en municipios de menos de 2.500 habitantes.

El tipo general del ITP en la Comunidad de Madrid es del 6 %, aplicado sobre el mayor valor entre el precio de compraventa y el valor de referencia catastral.

Al comprar una vivienda de segunda mano en la Comunidad de Madrid se paga únicamente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), con un tipo general del 6 % sobre el precio de compraventa o el valor de referencia catastral, el que sea mayor. También se abona la cuota fija del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), pero no la cuota variable. No se paga IVA ni AJD variable propio de hipotecas en este tipo de viviendas.

En Madrid, las familias numerosas pueden aplicar un tipo reducido del 4 % al adquirir una vivienda que será su residencia habitual, siempre que cumplan requisitos como ser titulares del título legal y, si tenían vivienda anterior, venderla en un plazo de dos años.

Si compras una vivienda habitual siendo menor de 35 años en un municipio de menos de 2.500 habitantes, puedes aplicar una bonificación del 100 % sobre la cuota del ITP, siempre que el valor del inmueble (incluyendo hasta dos plazas de garaje y trastero) no supere los 250.000 €.

Para más información, puedes consultar el siguiente enlace a la página oficial del ITP del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

ITP por comunidades autónomas

A continuación podrás comparar el ITP de la Comunidad de Madrid con el de comunidades próximas y con el ITP de Cataluña. También puedes ver el ITP que se paga en España en la sección ITP por comunidades.