¿Qué se paga de ITP en Baleares en 2025?

El ITP en Baleares aplicado a la compra de viviendas de segunda mano tiene dos tipos principales: uno general y otro reducido, del cual hablaremos más adelante.

En general, el ITP en Baleares de del 8% del valor del inmueble, aunque el porcentaje varía en función del precio de compra de la vivienda. Aquí tienes una tabla con los diferentes tipos impositivos:

Valor del inmueble (€)Tipo ITP
De 0 € a 400.000 €8%
De 400.000 € a 600.000 €9%
De 600.000 € a 1.000.000 €10%
De 1.000.000 € a 2.000.000 €12%
Más de 2.000.000 €13%


Ten en cuenta que la cuota íntegra será la suma de las cuotas correspondientes a las cantidades situadas dentro de cada escalón, a las que se aplica el tipo propio de cada uno de ellos. Es decir, si compras una vivienda de 700.000€, pagarás un ITP de 60.000€ ya que el cálculo sería el siguiente: (400.000*0,08) + ((600.000-400.000)*0,09) + ((700.000-600.000)*0,10) = 60.000€.

Recuerda que esto sólo es el tipo general. Sigue leyendo para saber cuáles son los casos en los que hay una reducción en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Quiero un estudio hipotecario gratis

ANTES DE CONTINUAR…

¿QUÉ ES EL ITP EN BALEARES?

Al comprar una vivienda que ya ha sido propiedad de otra persona, además del precio de venta, es probable que debamos asumir otros gastos asociados a la transacción. Uno de estos gastos es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Baleares, que grava la compra de bienes inmuebles de segunda mano y está gestionado por las comunidades autónomas, lo que significa que su regulación y gestión pueden variar según la región.

¿QUIÉN PAGA EL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES EN BALEARES?

El impuesto lo abona el sujeto pasivo, quien tiene la obligación tributaria. En el caso del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares, el responsable del pago es el adquirente en las transmisiones patrimoniales onerosas y en los actos jurídicos documentados, como ocurre en la compra de viviendas y en la solicitud de documentos notariales relacionados con la transacción.

En resumen, el ITP lo paga la parte compradora cuando se adquiere, por ejemplo, una vivienda de segunda mano.

ITP REDUCIDO BALEARES

Para las personas que compren vivienda habitual, éstas son las diferentes bonificaciones en el ITP que hay en la comunidad autónoma de Baleares:

ITP Baleares reducido para compra de vivienda habitual

En las Islas Baleares, la compra de una vivienda habitual puede beneficiarse de un tipo reducido del 4% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), si se cumplen las siguientes condiciones clave:

  • El valor real o declarado del inmueble no puede superar los 270.151,20 euros.
  • El inmueble debe destinarse a ser la vivienda habitual del adquirente, según la normativa del IRPF.
  • El comprador debe adquirir al menos el 50% de la propiedad o del derecho de uso o disfrute.
  • El adquirente no puede ser titular o cotitular (≥50%) de ninguna otra vivienda, ni en plena propiedad ni en usufructo.

Este tipo reducido está pensado para facilitar el acceso a la vivienda habitual en Baleares, especialmente ante el contexto de precios elevados.

ITP Baleares reducido para familias numerosas

Las familias numerosas que adquieran su vivienda habitual en Baleares pueden beneficiarse de un tipo reducido del 2% sobre los primeros 270.151,20 euros del valor del inmueble. Los requisitos para la bonificación de familia numerosa son los siguientes:

  • La vivienda debe destinarse a residencia habitual de los padres e hijos que forman parte de la familia numerosa.
  • El valor total del inmueble no puede superar los 350.000 euros.
  • Se aplicará el 2% hasta 270.151,20 € y el 8% al exceso.
  • El comprador debe adquirir al menos el 50% de la propiedad.
  • El adquirente no debe tener otra vivienda en propiedad (≥50%).

Esta medida pretende mejorar el acceso a viviendas más amplias para familias con varios hijos.

ITP Baleares reducido para familias monoparentales

Las familias monoparentales que compren una vivienda habitual en Baleares pueden también aplicar un tipo reducido del 2%, aunque con condiciones más estrictas si pertenecen a la categoría general.
Requisitos generales:

  • La vivienda debe ser la residencia habitual del progenitor y sus hijos.
  • El comprador debe adquirir al menos el 50% del inmueble.
  • No puede ser titular de otra vivienda en al menos un 50%.

Límites de valor:

  • Para familias monoparentales de categoría especial: hasta 350.000 € (2% hasta 270.151,20 €, y 8% sobre el resto).
  • Para familias monoparentales de categoría general: el precio no puede superar los 270.151,20 €.

Este tipo reducido contribuye a aliviar la carga económica de los hogares monoparentales, especialmente con hijos a cargo.

ITP Baleares reducido para personas con discapacidad

Las personas con discapacidad pueden beneficiarse de un tipo reducido del 2% del ITP al comprar su vivienda habitual, siempre y cuando cumplan estos requisitos:

  • La vivienda debe ser la residencia habitual del comprador.
  • El comprador debe adquirir al menos el 50% de la propiedad.
  • No debe tener otra vivienda en propiedad (igual o superior al 50%).
  • El valor del inmueble no debe superar los 270.151,20 euros.
  • El adquirente debe tener derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes en el IRPF.

Este tipo busca apoyar el acceso a la vivienda de personas o familias con necesidades especiales.

ITP Baleares reducido para jóvenes

Los jóvenes que compren su primera vivienda habitual en Baleares pueden acceder a un tipo superreducido del 2% en el ITP.

Requisitos para aplicar el 2%:

  • Tener menos de 36 años en el momento de la compra.
  • Que la vivienda constituya su primera vivienda habitual.
  • El inmueble no debe superar los 270.151,20 euros de valor.
  • Adquirir al menos el 50% de la propiedad.
  • No tener ninguna otra vivienda en propiedad ni en usufructo (≥50%).

Este tipo reducido busca favorecer la emancipación juvenil y facilitar el acceso a la propiedad en un mercado inmobiliario de alto coste como el balear.

ITP Baleares para jóvenes bonificado al 100%

Además del tipo reducido del 2%, los jóvenes de hasta 30 años pueden acogerse a una bonificación del 100% del ITP en la compra de su primera vivienda habitual en las Islas Baleares.

Estos requisitos son obligatorios para bonificar el 100% del ITP en Baleares:

  1. Tener menos de 30 años en la fecha de adquisición.
  2. Haber residido en Baleares durante los últimos 3 años previos a la compra.
  3. Que la vivienda sea la primera y habitual, con adquisición de al menos el 50% de la propiedad.
  4. No tener ninguna otra vivienda en propiedad o disfrute (≥50%).
  5. El precio no puede superar los 270.151,20 euros.
  6. Base imponible del IRPF:
    • ≤ 52.800 € en tributación individual.
    • ≤ 84.480 € en tributación conjunta.
  7. Haber contratado una hipoteca con una entidad financiera por al menos el 60% del valor de tasación.

Importante: Aunque el impuesto queda bonificado, es obligatorio presentar la autoliquidación del ITP.

Esta bonificación permite a muchos jóvenes acceder a su primera vivienda sin tener que pagar ITP, reduciendo notablemente el coste total de la compra.

ITP BALEARES REDUCIDO PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESAS

En Baleares existen varios tipos reducidos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) dirigidos a autónomos, empresas, sociedades mercantiles y profesionales que adquieren inmuebles vinculados a su actividad económica. Estas reducciones tienen como objetivo fomentar la inversión, la innovación, la implantación de nuevas empresas y el relevo generacional empresarial.

A continuación, te explicamos los casos en los que se puede aplicar un tipo reducido:

Tipo reducido del 0,5% para inmuebles ubicados en el ParcBit

Los inmuebles situados dentro del Parque Balear de Innovación Tecnológica (ParcBit) se benefician de un tipo de ITP superreducido. Estos son los requisitos:

🔹El inmueble debe estar ubicado en el ParcBit.
🔹Aplicable tanto a personas físicas como jurídicas.
🔹No se exige que el comprador sea empresa de nueva creación.

Este incentivo está diseñado para impulsar la actividad económica en el principal núcleo de innovación tecnológica de Baleares, facilitando el acceso a instalaciones a un coste fiscal muy reducido.

Tipo reducido del 3,5% para inmuebles adquiridos por sociedades o empresas de nueva creación

Las sociedades mercantiles y las empresas recientemente constituidas pueden aplicar un tipo del 3,5% del ITP al adquirir inmuebles destinados a su actividad empresarial. Para bonificar en el ITP de Baleares, tienen que cumplir los siguientes requisitos:

🔹El comprador debe ser una sociedad mercantil o una empresa de nueva creación.
🔹El inmueble adquirido debe destinarse a ser: domicilio fiscal o centro de trabajo de la empresa.

Este tipo reducido tiene como finalidad fomentar el emprendimiento y reducir los costes iniciales asociados a establecer una sede física.

Tipo reducido del 4% por transmisión de empresa a empleados o familiares

Cuando se transmite la totalidad de una empresa, incluyendo sus bienes inmuebles, a favor de empleados o familiares del titular, se puede aplicar un tipo reducido del 4% en el ITP cumpliendo los siguientes requisitos:

🔹Debe tratarse de la transmisión global de la empresa (no solo de un inmueble aislado).
🔹El comprador debe ser: un empleado de empresa o un familiar del titular hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.
🔹Debe incluirse al menos un inmueble en dicha transmisión.

Este incentivo busca favorecer la continuidad de las empresas familiares o pequeñas empresas a través del traspaso generacional o profesional.

¿Necesitas ayuda sobre el ITP en Baleares? ¡Te ayudamos!

Contacta con nosotros y un gestor hipotecario te ayudará con tu duda o consulta. También dejamos a tu disposición el enlace a la página oficial de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, donde encontrarás toda la información en materia de impuestos de Baleares.

Quiero contactar con un gestor

ITP PARA HIPOTECA 100 EN BALEARES

Si estás pensando en comprar una vivienda financiando el 100% de la compra con una hipoteca, tienes que para atención a un detalle muy importante. Excepto en contados casos, la mayoría de los bancos te financian como máximo el 80% del valor de tasación de la vivienda aunque te hayan aprobado previamente el 100% de la compra.

Esto implica que tienes que conseguir una tasación superior al precio de la vivienda (lo suficiente para que el 80% del valor de tasación sea igual o superior al valor de la vivienda) y en este caso el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que pagarás será sobre el valor de tasación y no sobre el precio de compra. Aquí te dejamos un resumen:


Por ejemplo, si compras en 100.000€, buscas una hipoteca 100 en baleares y como máximo te financian el 80% del valor de tasación, necesitarás una tasación de al menos 125.000€ para que te concedan una hipoteca del 100% de 100.000€. Aunque esto pueda parecer complicado de conseguir, en HipotecaNow nos encargamos de que esto no sea un inconveniente garantizando el valor deseado gracias a nuestros convenios.

A continuación te dejamos un pequeño resumen:

¿Qué valor me financia el banco en una hipoteca 100 en baleares?

El banco te financiará el menor de los siguientes valores:

  • 100% del precio de compra de la vivienda
  • 80% del valor de tasación (excepto casos muy puntuales en los que se puede financiar el 100% del valor de tasación)

¿En Baleares qué ITP tengo que pagar?

Tendrás que pagar el ITP en función del mayor de los siguientes valores:

  • Precio de compra de la vivienda
  • Valor de tasación
  • Valor de referencia catastral

Si tienes dudas o necesitas ayuda para una hipoteca, en HipotecaNow tenemos multitud de opciones para poder conseguir las mejores condiciones para tu hipoteca.

Quiero información gratis

¿Cuándo se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares debe abonarse dentro de un plazo determinado tras la formalización de la compra de una propiedad o la transmisión de bienes.
Dispones de 30 días hábiles a partir de la firma de la escritura de compraventa para pagar el ITP, comenzando a contar desde el día siguiente a la firma.
Cumplir con este plazo es fundamental para evitar recargos, intereses de demora o sanciones.

¿Cómo se paga el ITP en Baleares?

Para efectuar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares has de seguir los siguientes pasos:

  1. Calcula la cuantía del impuesto a pagar: Debes calcular el porcentaje del ITP de Baleares (general o reducido, según tu caso) sobre el mayor de los siguientes valores: valor de tasación, valor de compra o valor catastral del inmueble. Recuerda que el tipo general varía en función del precio de compra.
  2. Obtén y completa el modelo 600: El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares se efectúa utilizando el modelo 600 de Baleares, el cual puedes descargar desde el sitio web de la Agencia Tributaria de Baleares o recoger en alguna de sus oficinas.
  3. Realiza el pago del ITP: Para pagar el impuesto puedes utilizar cualquiera de las siguientes opciones:
    • Pago en línea: El ITP de Baleares se puede pagar en línea a través del portal de la Agencia Tributaria Baleares. Para completar la transacción, deberás tener a mano tus datos bancarios.
    • Pago presencial: Si lo prefieres, puedes efectuar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora. Sólo necesitas llevar el formulario 600 completado y el importe correspondiente para realizar el pago.
  4. Presenta el modelo 600: Una vez efectuado el pago, deberás presentar el modelo 600 junto con el comprobante de pago y una copia de la escritura de compraventa en la oficina de la Agencia Tributaria de Baleares o en alguno de sus puntos de atención. También deberás de aportar el certificado de empadronamiento para bonificaciones por vivienda habitual y la declaración de la renta para bonificaciones según ingresos.

¿Puedo estar exento de pagar el ITP en Baleares?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Baleares se paga cuando la propiedad que se compra ya ha sido transmitida a un titular. Es decir, que estás se compra de «segunda mano». Hay otro tipo de operaciones en las que no se paga ITP, son las siguientes:

  • Transmisiones a Entidades Públicas: Las transmisiones de bienes a entidades públicas como el Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales pueden estar exentas del ITP.
  • Herencias y Donaciones: Aunque las herencias y donaciones están gravadas por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la transmisión de una propiedad a través de estos medios está exenta del ITP.
  • Transmisiones sujetas a IVA: En el caso de la venta de una vivienda nueva (primera transmisión), al estar sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), no se aplica el ITP. No obstante, para viviendas de segunda mano, que no están sujetas a IVA, sí se debe pagar el ITP.
  • Organismos Internacionales y Diplomáticos: Las compraventas efectuadas por determinados organismos internacionales o por diplomáticos pueden estar exentas del impuesto bajo ciertas condiciones específicas.

Conclusión sobre el ITP en Baleares 2025

En Baleares, el tipo general del ITP varía por tramos según el precio de compra del inmueble, desde el 8% hasta el 13%. No obstante, existen tipos reducidos del 2% y hasta bonificación total (0%) para ciertos colectivos que cumplen condiciones específicas relacionadas con edad, situación familiar o económica, y características del inmueble.

Tabla resumen ITP Baleares 2025

Tipo de ITPAplicable a…Requisitos principales
13%Tramo general para viviendas de más de 2.000.000 €Ninguno adicional
12%Tramo general entre 1.000.000 € y 2.000.000 €
10%Tramo general entre 600.000 € y 1.000.000 €
9%Tramo general entre 400.000 € y 600.000 €
8%Tramo general hasta 400.000 €
4%Compra de vivienda habitualVivienda ≤ 270.151,20 €; uso habitual; no tener otra vivienda ≥50%; adquirir al menos el 50% del inmueble
2%Familias numerosasVivienda habitual; ≤ 350.000 €; 2% hasta 270.151,20 € y 8% al exceso; no tener otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50% del inmueble
2%Familias monoparentalesVivienda habitual; categoría especial ≤ 350.000 €; categoría general ≤ 270.151,20 €; sin otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50% del inmueble
2%Personas con discapacidadDiscapacidad ≥33% (o 65% sensorial/física); vivienda habitual ≤ 270.151,20 €; sin otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50%; derecho al mínimo por discapacidad en IRPF
2%Jóvenes menores de 36Primera vivienda habitual ≤ 270.151,20 €; sin otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50% del inmueble
0%Jóvenes menores de 30 con bonificación totalCumplir requisitos del 2%; además: vivir en Baleares ≥3 años, base imponible IRPF ≤52.800 € (individual), hipoteca ≥60% del valor de tasación

Resumen ITP Baleares para empresas y autónomos

En Baleares, los autónomos, empresas y sociedades mercantiles que adquieran inmuebles vinculados a su actividad económica pueden beneficiarse de tipos reducidos del ITP. Estas bonificaciones buscan fomentar el emprendimiento, facilitar la implantación de nuevas empresas y apoyar la actividad económica en la región. Existen diferentes tipos según el perfil del comprador, la finalidad del inmueble o su ubicación.

Tipo ITPBeneficiarios / Condiciones principales
4%Transmisión total de empresa a empleados o familiares hasta 3er grado.
3,5%Empresas o sociedades mercantiles de nueva creación que adquieran inmuebles como domicilio o centro de trabajo.
0,5%Inmuebles situados en el ParcBit (Parque Balear de Innovación Tecnológica), sin exigir empresa nueva.

Si estás buscando una hipoteca y deseas aprovechar las reducciones del ITP en Baleares, HipotecaNow es tu aliado ideal. Como bróker hipotecario, HipotecaNow te ayuda a encontrar la mejor hipoteca adaptada a tus necesidades financieras

Quiero mi hipoteca NOW!

Preguntas Frecuentes sobre ITP BALEARES

En Baleares, el ITP es progresivo según el valor del inmueble:

  • Hasta 400.000 €: 8%
  • De 400.000,01 € a 600.000 €: 9%
  • De 600.000,01 € a 1.000.000 €: 10%
  • De 1.000.000,01 € a 2.000.000 €: 12%
  • A partir de 2.000.000 €: 13%

Además, existen tipos reducidos del 4% o incluso del 2% para vivienda habitual si se cumplen ciertos requisitos (jóvenes, familias numerosas, discapacidad, etc.).

Si la vivienda es nueva, se paga el IVA, que es del 10 %, y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que en Baleares es del 1,2 %. Si se trata de una vivienda de segunda mano, se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que es progresivo: va del 8 % al 13 % según el valor del inmueble. También existen tipos reducidos del 2 % o 4 % si se cumplen ciertos requisitos, como ser menor de 36 años, familia numerosa o persona con discapacidad.

Desde el 1 de enero de 2024, los menores de 36 años que compren su primera vivienda habitual en Baleares pueden beneficiarse de un tipo reducido del 2 % en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Esta medida busca facilitar el acceso a la vivienda para jóvenes que cumplan los requisitos establecidos por la normativa autonómica.

En Baleares, el ITP se aplica de forma progresiva según el valor de la vivienda, no con un tipo fijo del 8 %. Los tipos van del 8 % al 13 %, distribuidos por tramos. Por ejemplo, hasta 400.000 € se aplica el 8 %, entre 400.000 y 600.000 € el 9 %, y así sucesivamente hasta el 13 % para viviendas de más de 2.000.000 €. Además, existen tipos reducidos del 2 % y 4 % para ciertos colectivos que cumplan los requisitos.

ITP por comunidades autónomas

Por aquí te dejamos el ITP en comunidades parecidas a las Islas Baleares. Si lo prefieres, en este enlace puedes comparar el ITP por comunidades.