Aval ICO para hipoteca en 2026: requisitos, bancos y cómo solicitarlo

El Aval ICO para hipotecas es una línea pública destinada a facilitar la compra de la primera vivienda a jóvenes y familias con menores a cargo que tienen capacidad para pagar una hipoteca, pero no disponen de suficiente ahorro para afrontar la entrada habitual.

El aval no consiste en que el ICO preste directamente el dinero al comprador. La hipoteca la concede una entidad financiera adherida y el Estado, a través del ICO, cubre parcialmente el riesgo asumido por el banco. Esto puede permitir que determinadas operaciones superen el 80% de financiación habitual y, en algunos casos, alcancen hasta el 100% del menor entre el precio de compra y el valor de tasación.

En 2026 el programa continúa vigente. La última modificación publicada en el BOE prorrogó el plazo para formalizar nuevas operaciones hasta el 31 de diciembre de 2027 y actualizó algunos de sus requisitos, entre ellos el límite de patrimonio neto de los solicitantes.

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IMPORTANTE

Cumplir los requisitos del Aval ICO no obliga al banco a aprobar la hipoteca ni garantiza automáticamente una financiación del 100%. La entidad financiera sigue realizando su propio análisis de solvencia y riesgo.

¿Qué es el Aval ICO para hipotecas?

El Aval ICO para primera vivienda es una garantía pública sobre una parte del préstamo hipotecario concedido por una entidad financiera. Su objetivo es facilitar el acceso a la vivienda a compradores que pueden asumir las cuotas mensuales, pero tienen dificultades para reunir el ahorro previo necesario.

La línea está destinada a dos grandes grupos:

  • jóvenes que compran su primera vivienda;
  • familias con menores a cargo.

La vivienda debe adquirirse en España y destinarse a residencia habitual y permanente. Además, deben cumplirse los requisitos personales, económicos y patrimoniales establecidos por el programa.

La principal utilidad del aval aparece cuando el comprador necesita financiar más del porcentaje que un banco estaría dispuesto a conceder normalmente sin garantías adicionales.

Por ejemplo, en una vivienda de 200.000 euros:

  • una financiación convencional del 80% supondría una hipoteca de 160.000 euros;
  • el comprador debería aportar 40.000 euros de entrada, además de impuestos y otros gastos;
  • con el Aval ICO, una entidad adherida podría estudiar una financiación superior al 80% y, si la operación cumple las condiciones y supera su análisis de riesgos, llegar potencialmente hasta el 100% del valor utilizado para calcular el préstamo.

El comprador sigue debiendo todo el capital hipotecario que haya recibido del banco. El aval público protege parcialmente a la entidad frente al riesgo de impago, pero no convierte esa parte del préstamo en una subvención.

¿Se pueden combinar varias ayudas para comprar vivienda?

El funcionamiento del Aval ICO puede entenderse como una relación entre tres partes:

Comprador → Banco → Estado/ICO

El comprador solicita la hipoteca a una entidad adherida. El banco analiza la operación y, si considera que es viable y se cumplen los requisitos del programa, incorpora el aval público a la financiación.

El ICO actúa como gestor de la garantía por cuenta del Estado. No es el ICO quien decide sustituir al banco, concede directamente el préstamo o entrega al comprador el dinero correspondiente a la entrada. La financiación sigue formalizándose mediante un préstamo hipotecario con la entidad financiera.

¿Qué porcentaje cubre el Aval ICO?

La garantía pública cubre una parte del riesgo correspondiente a la financiación concedida por el banco.

El objetivo práctico es facilitar préstamos hipotecarios superiores al 80% habitual para compradores que cumplen los requisitos establecidos.

El porcentaje concreto que finalmente financie la entidad dependerá tanto de las condiciones del programa como de su análisis de la operación. Por tanto, debe diferenciarse entre:

porcentaje que puede admitir el programa y porcentaje que el banco está dispuesto a conceder al comprador.

Que la operación pueda acogerse al Aval ICO no significa que la entidad tenga que aprobar el máximo permitido.

¿Puede financiar el 100% de la vivienda?

Sí, el Aval ICO puede facilitar que determinadas hipotecas alcancen hasta el 100% del menor entre el precio de adquisición y el valor de tasación, siempre que la operación cumpla los requisitos y el banco apruebe ese nivel de financiación.

Esto tiene una consecuencia importante.

Supongamos que el precio de compra son 200.000 € y la tasación, 210.000 €.

El valor de referencia sería 200.000 €, por lo que una financiación del 100% podría alcanzar esos 200.000 €.

Pero si ocurre lo contrario (por ejemplo, precio de compra son 200.000 € y la tasación, 185.000 €) el comprador no debería asumir automáticamente que podrá financiar los 200.000 €. La diferencia entre precio y valoración puede exigir aportación adicional.

Por eso una hipoteca con Aval ICO debe analizarse siempre conjuntamente con la tasación del inmueble y los criterios específicos de la entidad financiera.

¿Quién responde del aval si no se paga la hipoteca?

Uno de los errores más frecuentes es interpretar que la cantidad avalada deja de ser responsabilidad del comprador. No es así.

El prestatario sigue siendo responsable de devolver íntegramente la deuda hipotecaria.

El aval funciona como una cobertura parcial del riesgo frente a la entidad financiera. Si se produce un incumplimiento, la existencia de la garantía pública no elimina la deuda del comprador ni convierte parte de la hipoteca en una ayuda a fondo perdido.

Aval ICO no significa dinero gratuito ni una parte de la vivienda pagada por el Estado.

Su función es facilitar el acceso a una financiación que, sin esa garantía adicional, podría resultar más difícil de conseguir.

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En HipotecaNow podemos analizar tu perfil y necesidades de financiación para estudiar qué entidades y alternativas pueden encajar en tu operación, tanto con Aval ICO como mediante otras vías de financiación.

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Requisitos del Aval ICO para hipoteca en 2026

Para solicitar una hipoteca acogida a la línea de Avales ICO es necesario cumplir una serie de requisitos generales y, además, las condiciones correspondientes al programa de jóvenes o al de familias con menores.

En 2026 se han producido modificaciones relevantes. Entre ellas, el límite general de patrimonio neto del solicitante se elevó hasta 150.000 euros y se prorrogó el plazo de formalización de nuevas operaciones hasta finales de 2027.

Requisitos de edad

En el programa destinado a jóvenes, los compradores no pueden haber cumplido 36 años en la fecha de formalización del préstamo hipotecario.

Es decir, pueden tener como máximo 35 años.

Cuando existen dos compradores y la solicitud se tramita mediante el programa de jóvenes, ambos deben cumplir el requisito de edad. Si uno de ellos ya ha cumplido 36 años en el momento de formalizar la hipoteca, la operación no cumple este requisito del programa joven.

La situación es diferente para las familias con menores a cargo, donde la elegibilidad no depende de ese límite de 35 años.

Requisitos de ingresos

El programa también establece límites de ingresos. La regulación permite que la Comisión de Seguimiento determine esos límites dentro de los márgenes establecidos y establece actualmente que no podrá fijarse para un adquirente un límite superior a 7,5 veces el IPREM, sin perjuicio de los ajustes aplicables cuando compran dos personas, existen menores a cargo o se trata de una familia monoparental.

En el programa para familias, el límite conjunto puede incrementarse por cada menor a cargo y las familias monoparentales pueden disponer de un incremento adicional.

Esto hace necesario comprobar el límite concreto aplicable en el momento de presentar la operación, especialmente después de los cambios introducidos en 2026.

Límites de patrimonio

El programa también establece límites de ingresos. La regulación permite que la Comisión de Seguimiento determine esos límites dentro de los márgenes establecidos y establece actualmente que no podrá fijarse para un adquirente un límite superior a 7,5 veces el IPREM, sin perjuicio de los ajustes aplicables cuando compran dos personas, existen menores a cargo o se trata de una familia monoparental.

En el programa para familias, el límite conjunto puede incrementarse por cada menor a cargo y las familias monoparentales pueden disponer de un incremento adicional.

Esto hace necesario comprobar el límite concreto aplicable en el momento de presentar la operación, especialmente después de los cambios introducidos en 2026.

Primera vivienda y vivienda habitual

El inmueble debe ser la primera vivienda adquirida por los solicitantes y destinarse a residencia habitual y permanente.

Como regla general, el solicitante no puede haber sido propietario anteriormente de otra vivienda.

No obstante, la regulación contempla determinadas excepciones, entre ellas algunos casos de:

  • adquisición de una participación de vivienda por herencia;
  • indisponibilidad de una vivienda anterior debido a separación o divorcio;
  • otras circunstancias ajenas a la voluntad del propietario;
  • vivienda inaccesible por razón de discapacidad.

La vivienda puede ser nueva o de segunda mano, siempre que cumpla las condiciones del programa.

Precio máximo de la vivienda

El programa establece un precio máximo de adquisición, que puede variar según la comunidad autónoma.

Esto es especialmente importante porque cumplir los requisitos personales del Aval ICO no es suficiente si la vivienda elegida supera el límite correspondiente.

Además, el precio máximo no debe confundirse con el importe máximo que finalmente concederá el banco.

Son tres conceptos diferentes:

  1. precio de la vivienda permitido por el programa;
  2. valor de tasación;
  3. importe que el banco está dispuesto a financiar.

Los tres pueden condicionar la operación.

Residencia en España

Los compradores deben ser personas físicas mayores de edad y acreditar residencia legal en España de forma continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.

Cuando existen dos compradores, ambos deben cumplir este requisito.

Requisitos cuando compran dos personas

Cuando una vivienda se adquiere conjuntamente, no pueden figurar más de dos compradores en una operación acogida a esta línea.

Además, los dos adquirentes deben figurar también como prestatarios de la hipoteca y cumplir las condiciones exigidas por el programa.

En el programa de jóvenes, por ejemplo, ambos compradores deben tener como máximo 35 años cuando se formaliza el préstamo.

También deben cumplir individualmente requisitos como:

  • residencia legal;
  • primera vivienda;
  • ausencia de determinadas situaciones de mora;
  • y las restantes condiciones personales exigidas.

Esto hace que una operación conjunta deba comprobarse sobre los dos titulares, no únicamente sobre el comprador que aparentemente cumple mejor los requisitos.

¿Quién puede solicitar el Aval ICO?

El Aval ICO no está dirigido únicamente a jóvenes. La línea contempla dos vías de acceso principales: compradores jóvenes y familias con menores a cargo.

En ambos casos se trata de personas que compran su primera vivienda habitual en España y que, pese a tener capacidad para afrontar una hipoteca, pueden necesitar financiación superior al 80% por no disponer de suficiente ahorro para la entrada.

Jóvenes que compran su primera vivienda

Los jóvenes pueden acogerse a esta línea siempre que ninguno de los compradores haya cumplido 36 años en el momento de formalizar la hipoteca y se cumplan el resto de requisitos económicos, patrimoniales y de residencia.

El Aval ICO es especialmente relevante para este perfil porque puede reducir considerablemente el ahorro necesario para comprar.

Sin embargo, no es la única alternativa disponible. Varias comunidades autónomas disponen de programas propios que pueden permitir financiar porcentajes superiores al 80%, conceder préstamos para la entrada o facilitar otras ayudas a la adquisición.

Por eso, un comprador joven debería analizar conjuntamente:

  • el Aval ICO;
  • las ayudas de su comunidad autónoma;
  • las hipotecas con financiación superior al 80%;
  • y el ahorro realmente necesario para completar la compra.

→ Consulta todas las ayudas para comprar vivienda disponibles para jóvenes.

Familias con menores a cargo

Las familias con menores a cargo también pueden solicitar una hipoteca acogida al Aval ICO y, en este supuesto, no existe el límite máximo de 35 años aplicado al programa joven.

Sí deben cumplirse los requisitos generales del programa y los límites económicos correspondientes.

Además, el límite de ingresos aplicable puede incrementarse en función del número de menores a cargo y contempla un tratamiento específico para familias monoparentales.

Esto significa que una persona de 40, 45 o más años podría quedar fuera del programa destinado a jóvenes y, sin embargo, reunir las condiciones para acceder a la línea como familia con menores.

Parejas que compran conjuntamente

Cuando compran dos personas, ambas deben figurar como adquirentes y prestatarias y cumplir los requisitos que correspondan al programa utilizado.

Esto resulta especialmente importante en el programa joven.

Por ejemplo, si una pareja formada por personas de 32 y 37 años compra conjuntamente, no podría acogerse a la modalidad para jóvenes, porque uno de los compradores ya supera la edad máxima.

Sin embargo, si tienen menores a cargo, podría ser necesario estudiar si cumplen las condiciones del programa destinado a familias.

También deben comprobarse de forma conjunta o individual, según corresponda:

  • ingresos;
  • patrimonio;
  • residencia;
  • propiedad previa de viviendas;
  • situación crediticia;
  • y el resto de requisitos del programa.

¿Puede solicitarlo una persona mayor de 35 años?

Sí, siempre que acceda mediante el programa para familias con menores a cargo y cumpla sus requisitos.

El límite de 35 años corresponde al programa destinado a jóvenes, no a toda la Línea de Avales ICO.

Una persona mayor de esa edad y sin menores a cargo no podría acceder por estas dos vías, aunque sí podría estudiar otras alternativas como:

  • avales autonómicos;
  • ayudas para comprar vivienda de su comunidad;
  • hipotecas con financiación superior al 80%;
  • u otras garantías admitidas por las entidades financieras.

Cómo solicitar el Aval ICO para hipoteca paso a paso

El Aval ICO no se solicita directamente al ICO como una ayuda que posteriormente se lleva al banco.

La tramitación se realiza a través de una entidad financiera adherida a la Línea de Avales para la adquisición de primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo. El propio banco estudia la hipoteca y gestiona la incorporación del aval cuando la operación cumple los requisitos.

1. Comprobar si cumples los requisitos

Antes de iniciar la solicitud conviene verificar:

  • edad,
  • cuando se accede por el programa joven;
  • existencia de menores a cargo, cuando corresponda;
  • residencia legal;
  • ingresos;
  • patrimonio;
  • propiedad previa de otras viviendas;
  • precio máximo admitido en la comunidad autónoma;
  • y destino de la vivienda como residencia habitual.

Este primer filtro evita iniciar una operación que posteriormente no pueda acogerse al programa.

Pero también conviene hacer simultáneamente un segundo análisis:

¿La hipoteca sería viable para el banco?

Cumplir los requisitos del ICO no sirve de mucho si el nivel de endeudamiento o la situación económica impiden obtener la financiación.

2. Buscar una entidad adherida

La hipoteca debe solicitarse en una entidad financiera adherida al programa.

El ICO mantiene un listado de entidades participantes y la financiación no tiene por qué estar disponible en cualquier banco del mercado.

Además, pertenecer al programa no significa que todas las entidades:

  • ofrezcan exactamente las mismas condiciones;
  • acepten los mismos perfiles;
  • concedan siempre el 100%;
  • o valoren de igual forma una determinada operación.

Por eso puede ser relevante comparar varias alternativas.

3. Solicitar el estudio hipotecario

La entidad analiza la operación como cualquier otra hipoteca.

Entre los aspectos que puede estudiar se encuentran:

  • ingresos netos;
  • tipo de contrato;
  • antigüedad laboral;
  • otras deudas;
  • cuota hipotecaria resultante;
  • porcentaje de endeudamiento;
  • ahorros disponibles;
  • precio de compraventa;
  • valor de tasación;
  • y características de la vivienda.

Si considera viable la operación y se cumplen las condiciones de la línea pública, podrá estructurar el préstamo utilizando el Aval ICO.

4. Preparar y presentar la documentación necesaria

La documentación concreta puede variar según la entidad y la situación de los compradores, pero el ICO indica que el banco será el encargado de informar sobre los documentos necesarios y proporcionar las declaraciones correspondientes.

Entre la documentación que puede ser necesaria se encuentra:

  • DNI, NIE o pasaporte;
  • documentación que acredite la residencia legal en España;
  • certificado o volante de empadronamiento cuando corresponda;
  • última declaración de IRPF o documentación equivalente;
  • documentación de ingresos;
  • certificado negativo catastral o documentación registral relativa a otras propiedades;
  • documentación que acredite los menores a cargo;
  • documentación de familia monoparental cuando corresponda;
  • certificado energético de la vivienda;
  • informe de tasación;
  • contrato de arras o documentación de la compraventa;
  • y declaraciones responsables exigidas por el programa.

A estos documentos se añadirán los que el banco solicite habitualmente para analizar la solvencia de los titulares.

5. Análisis del banco y formalización

El banco revisa tanto la elegibilidad para el Aval ICO como la viabilidad de la hipoteca.

Si ambos análisis son favorables, se continúa con la formalización del préstamo hipotecario incorporando la garantía pública.

La entidad financiera es quien toma la decisión final sobre la concesión del préstamo de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de riesgo.

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Bancos que trabajan con el Aval ICO

Para utilizar el Aval ICO es necesario tramitar la hipoteca con una entidad financiera adherida al programa.

El listado es amplio. El Ministerio y el ICO habían formalizado adhesiones con más de 60 entidades financieras, entre ellas bancos nacionales y distintas cajas rurales. Entre las entidades anunciadas oficialmente se encuentran Banco Santander, BBVA, Banco Sabadell, Ibercaja, ABANCA, UCI y diferentes entidades del Grupo Caja Rural.

La relación de participantes puede modificarse, por lo que conviene comprobar siempre el listado oficial actualizado antes de iniciar la solicitud.

Consulta las entidades suscritas al Aval ICO.

¿Todos los bancos ofrecen hipotecas con Aval ICO?

No. El banco debe haberse adherido expresamente a la línea para formalizar una hipoteca cubierta por este aval.

Además, incluso entre las entidades adheridas pueden existir diferencias importantes en:

  • tipos de interés;
  • financiación máxima que están dispuestas a conceder;
  • productos vinculados;
  • perfiles laborales aceptados;
  • niveles máximos de endeudamiento;
  • criterios sobre tasación;
  • y política interna de riesgos.

El Aval ICO establece un marco público común, pero no convierte las ofertas hipotecarias de todos los bancos en iguales.

¿Qué banco es mejor para solicitar una hipoteca con Aval ICO?

No existe un banco que sea el mejor para todos los solicitantes.

Una entidad puede resultar competitiva para una pareja con contratos indefinidos y financiación del 95%, mientras que otra puede tener mejores criterios para un joven que necesita acercarse al 100%.

Para comparar correctamente hay que valorar conjuntamente:

  • porcentaje financiado;
  • TIN y TAE;
  • tipo fijo, mixto o variable;
  • vinculaciones;
  • seguros;
  • comisiones;
  • plazo;
  • requisitos de solvencia;
  • y probabilidad real de aprobación.

Por eso, cuando el comprador necesita una financiación elevada, la mejor oferta no es necesariamente la que anuncia el tipo de interés más bajo, sino la que combina viabilidad, porcentaje suficiente y buenas condiciones económicas.

¿Cuánto dinero puedes pedir con el Aval ICO?

El Aval ICO puede facilitar que el banco estudie una financiación superior al 80% habitual y, en determinadas operaciones, alcanzar hasta el 100% del menor entre el precio de compra y el valor de tasación.

Eso significa que el importe máximo no depende solo del precio de la vivienda. También depende de la tasación y, sobre todo, de lo que la entidad esté dispuesta a conceder después de analizar la solvencia de los compradores.

Ejemplo con una vivienda de 200.000 €

Supongamos: precio de compra: 200.000 €, tasación 205.000 € y financiación solicitada 200.000 €:

El menor valor entre precio y tasación sería 200.000 €, por lo que una financiación del 100% podría alcanzar esos 200.000 € si la entidad aprueba la operación.

En una hipoteca convencional al 80%, el préstamo sería de aproximadamente 160.000 € y el comprador tendría que aportar unos 40.000 € de entrada.

Con una operación al 100%, esa entrada sobre el precio podría desaparecer.

Ejemplo con una vivienda de 300.000 €

Supongamos: precio de compra: 300.000 €, tasación 310.000 € y financiación solicitada 300.000 €:

Si la vivienda se encuentra dentro del precio máximo permitido por el programa en su comunidad autónoma y el banco acepta financiar el 100%, el préstamo podría alcanzar los 300.000 €.

Pero cuanto mayor es el capital solicitado, mayor será también la cuota mensual y más exigente puede resultar el análisis de solvencia.

Por ejemplo, no basta con que el programa permita financiar 300.000 €. Los ingresos de los compradores deben permitir asumir razonablemente la cuota durante toda la vida del préstamo.

¿Qué ocurre si la tasación es inferior al precio de compra?

Este es uno de los escenarios que más puede alterar una operación.

Supongamos: precio de compra: 250.000 €, tasación 230.000 €:

Aunque el comprador haya pactado pagar 250.000 €, el valor inferior utilizado como referencia sería 230.000 €. Por tanto, no debe asumirse que el Aval ICO permitirá financiar automáticamente los 250.000 €.

La diferencia entre precio y tasación puede obligar al comprador a aportar dinero adicional o incluso hacer inviable la operación si no dispone de suficiente ahorro.

Por eso es importante no interpretar “hasta el 100%” como: 100% de cualquier precio que se haya acordado con el vendedor. La tasación y los criterios del banco siguen siendo determinantes.

¿Necesitas ahorros aunque tengas el Aval ICO?

Sí. Incluso si consigues una hipoteca del 100% con Aval ICO, normalmente seguirás necesitando ahorros para afrontar impuestos y otros costes relacionados con la compra.

El aval está pensado principalmente para reducir el problema de la entrada, no para financiar automáticamente todos los gastos de adquisición.

Por ejemplo, imaginemos una vivienda usada de 200.000 €, con una tasación de 205.000 €, una hipoteca concedida de 200.000 € y una entrada sobre el precio de la vivienda de 0 €.

Aunque el banco financie el 100% del precio, el comprador puede seguir necesitando dinero para:

  • ITP;
  • tasación;
  • gastos propios de la compraventa;
  • posibles diferencias no financiadas;
  • y cualquier otro desembolso que no forme parte del préstamo hipotecario.

El importe exacto dependerá de la comunidad autónoma, del tipo de vivienda y de las circunstancias personales del comprador.

Además, algunas comunidades aplican tipos reducidos de ITP o beneficios fiscales a jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad u otros colectivos, lo que puede reducir significativamente el ahorro necesario.

Por tanto, antes de comprar conviene calcular: precio + impuestos + gastos – financiación – ayudas disponibles = ahorro real necesario

¿Qué intereses tiene una hipoteca con Aval ICO?

El Aval ICO no establece un único tipo de interés para todas las hipotecas.

La hipoteca sigue siendo un producto comercial concedido por una entidad financiera, por lo que sus condiciones dependen de la oferta del banco y del perfil del comprador.

Una operación con Aval ICO puede tener:

  • tipo fijo;
  • tipo mixto;
  • tipo variable;
  • diferentes plazos;
  • vinculaciones distintas;
  • y condiciones económicas diferentes según la entidad.

Por tanto, dos compradores que utilizan el mismo programa público pueden terminar firmando hipotecas con costes muy distintos.

¿El Aval ICO encarece la hipoteca?

No debe asumirse que utilizar el Aval ICO implique automáticamente pagar un tipo de interés más alto, aunque los bancos pueden aplicar tipos de interés un poco más elevados si consideran que el perfil de riesgo es superior al de una operación estándar al 80 % de financiación.

Esto puede ser así debido a que en una operación al 80 % el cliente aporta ahorros, ya sea propio o con ayuda familiar, pero en una hipoteca con aval o ayuda la aportación es mucho menor y eso afecta al perfil del riesgo del cliente ya que está menos «vinculado» o «comprometido» con la vivienda que compra.

¿Se puede contratar una hipoteca fija, mixta o variable?

Sí, siempre que la entidad adherida ofrezca esa modalidad y acepte aplicarla a la operación.

El Aval ICO no convierte la hipoteca en un producto distinto desde el punto de vista del tipo de interés.

La elección entre fija, mixta o variable debería hacerse valorando:

  • estabilidad de cuota;
  • plazo previsto;
  • expectativas sobre tipos;
  • capacidad económica;
  • y condiciones concretas ofrecidas por el banco.

Hipoteca fija | Hipoteca mixta | Hipoteca variable

Ventajas y limitaciones del Aval ICO

El principal atractivo del Aval ICO es evidente: puede permitir acceder a una vivienda a compradores que podrían asumir la cuota hipotecaria pero que todavía no han conseguido ahorrar toda la entrada.

Sin embargo, también tiene límites que conviene conocer antes de comprometerse con una compra.

Principales ventajas

Entre las ventajas más importantes se encuentran:

  • posibilidad de financiar más del 80% habitual;
  • acceso potencial a financiación de hasta el 100%;
  • reducción considerable del ahorro necesario para la entrada;
  • posibilidad de comprar antes sin esperar varios años para acumular el 20%;
  • aplicación tanto a vivienda nueva como usada;
  • acceso para jóvenes y familias con menores que cumplan los requisitos.

Para determinados compradores, esto puede ser la diferencia entre poder comprar una vivienda o tener que seguir posponiendo la operación.

Limitaciones que debes conocer

El Aval ICO también presenta limitaciones:

  • no garantiza que el banco conceda la hipoteca;
  • existen requisitos de edad o situación familiar;
  • hay límites de ingresos y patrimonio;
  • se exige primera vivienda, salvo determinadas excepciones;
  • existen precios máximos por comunidad autónoma;
  • no todos los bancos participan;
  • el comprador sigue necesitando ahorro para determinados gastos;
  • la deuda continúa siendo responsabilidad íntegra del prestatario;
  • y el porcentaje máximo permitido no significa que la entidad tenga que concederlo.

Por tanto, el programa debe entenderse como una herramienta para facilitar la financiación, no como una aprobación hipotecaria automática.

Aval ICO y ayudas autonómicas: diferencias y compatibilidad

El Aval ICO convive con programas propios de varias comunidades autónomas.

Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Andalucía, Baleares, Galicia, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja, Murcia, País Vasco y Canarias cuentan con distintos mecanismos dirigidos a facilitar la adquisición de vivienda.

Sin embargo, no todos funcionan como el ICO. Algunos son:

  • avales públicos;
  • préstamos para financiar la entrada;
  • subvenciones directas;
  • garantías autonómicas;
  • o combinaciones de varias medidas.

¿Qué diferencia hay entre el Aval ICO y un aval autonómico?

La principal diferencia es el ámbito y las condiciones. El Aval ICO es estatal y se aplica a operaciones que cumplen los requisitos establecidos en su línea nacional. Los programas autonómicos dependen de cada comunidad y pueden establecer:

  • límites de edad diferentes;
  • otros topes de ingresos;
  • porcentajes distintos;
  • condiciones sobre residencia;
  • precios máximos propios;
  • entidades adheridas específicas;
  • y colectivos beneficiarios diferentes.

En algunas comunidades, el programa autonómico puede adaptarse mejor a determinados perfiles que el ICO.

¿Se pueden combinar?

No, el aval ICO y las ayudas de las comunidades autonómicas destinadas a la compra de vivienda no se pueden combinar. Lo que si se puede hacer es obtener una de estas ayudas y, además, beneficiarse de una bonificación en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, si se cumplen los requisitos, lo que hace que la aportación necesaria pueda ser muy pequeña en comparación con una operación normal.

¿Qué opción puede convenirte según tu comunidad?

La respuesta depende del perfil y del territorio.

Por ejemplo, un joven que compra en Cataluña puede estudiar los Préstecs Emancipació del ICF, mientras que un comprador en Madrid puede analizar el programa Mi Primera Vivienda y uno en la Comunidad Valenciana puede disponer de las garantías del IVF.

Por eso, antes de tramitar únicamente el Aval ICO conviene revisar también las ayudas para comprar vivienda disponibles en la comunidad donde se encuentra el inmueble.

→ Consulta todas las ayudas para comprar vivienda y los programas disponibles por comunidad autónoma.

¿El banco está obligado a conceder la hipoteca con Aval ICO?

No. El banco puede rechazar una hipoteca aunque el comprador cumpla todos los requisitos administrativos del Aval ICO. Este es probablemente el punto más importante que debe entender cualquier solicitante.

El ICO determina el marco en el que puede utilizarse la garantía pública, pero la entidad financiera sigue siendo quien presta el dinero. Antes de aprobar la operación puede analizar:

  • ingresos;
  • estabilidad laboral;
  • antigüedad;
  • nivel de endeudamiento;
  • otras financiaciones existentes;
  • edad;
  • plazo solicitado;
  • valor de tasación;
  • características del inmueble;
  • historial crediticio;
  • y riesgo global.

Imaginemos un comprador que cumple edad, ingresos, patrimonio y todos los requisitos del programa, pero cuya futura cuota hipotecaria supondría el 50% de sus ingresos netos. El banco podría considerar que existe un riesgo excesivo y rechazar la operación.

El Aval ICO ayuda principalmente a solucionar el problema del porcentaje de financiación, pero no elimina el problema de la capacidad de pago.

¿Quieres saber qué bancos pueden estudiar tu operación?

En HipotecaNow analizamos tu perfil y la financiación que necesitas para valorar qué alternativas pueden encajar en tu caso, incluyendo operaciones con Aval ICO y otras opciones de financiación superior al 80%.

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¿Qué hacer si el banco rechaza tu hipoteca con Aval ICO?

Si un banco ha rechazado tu hipoteca con aval ICO no significa necesariamente que no puedas comprar. Muchos bancos son muy exigentes con los perfiles que solicitan esta ayuda ya que son clientes que en condiciones normales no podrían comprar al no tener ahorros suficientes.

Lo más importante es mantener la calma y ponerte en manos de un bróker experto como HipotecaNow. Un bróker hipotecario, además de tener un mayor conocimiento del mercado, tiene convenios con las entidades bancarias y éstos pueden hacer que la operación pase de un NO a una aprobación.

Errores frecuentes al solicitar una hipoteca con Aval ICO

Pensar que el ICO presta el dinero

El ICO no entrega al comprador el importe correspondiente a la entrada.
La hipoteca la concede el banco y el ICO proporciona una garantía pública sobre parte del riesgo.

Firmar arras antes de comprobar la viabilidad

Cumplir los requisitos del programa no garantiza que la entidad apruebe la hipoteca.
Comprometerse con una vivienda antes de analizar la financiación puede generar un problema si posteriormente el préstamo es rechazado.

No comprobar el precio máximo permitido

El programa establece límites de precio que pueden variar según la comunidad autónoma.
Una vivienda puede quedar fuera aunque el comprador cumpla todos los requisitos personales.

Comparando condiciones hipoteca

Pensar que todos los bancos aplican los mismos criterios

El Aval ICO establece unas reglas comunes, pero cada banco mantiene su política de riesgos y sus condiciones comerciales.
Una misma operación puede recibir valoraciones distintas.

Olvidar los impuestos y gastos de compra

Una hipoteca del 100% no equivale necesariamente a comprar sin ahorros.
Los impuestos y otros gastos pueden seguir teniendo que asumirse con recursos propios.

Dar por hecho que conseguirás el 100%

Que el programa permita alcanzar hasta el 100% no significa que todas las operaciones vayan a obtener ese porcentaje.
El banco puede aprobar una financiación inferior.

¿Hasta cuándo está disponible el Aval ICO y qué puede cambiar?

El plazo para formalizar nuevas operaciones acogidas a la línea fue ampliado en 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027. (boe.es)

No obstante, este tipo de programas puede sufrir modificaciones en:

  • fechas;
  • requisitos;
  • límites económicos;
  • entidades adheridas;
  • documentación;
  • y condiciones de acceso.

Por eso conviene comprobar la información vigente en el momento de presentar la operación. Una guía publicada meses atrás puede contener condiciones que ya hayan sido modificadas.

Preguntas frecuentes sobre el Aval ICO para hipotecas

El plazo actualmente previsto para formalizar nuevas operaciones se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, tras la modificación aprobada en 2026. Conviene revisar posibles cambios posteriores antes de iniciar la solicitud.

La línea para primera vivienda comenzó a desarrollarse en 2024 mediante el convenio y la regulación correspondiente, y posteriormente ha sufrido modificaciones y ampliaciones.

Sí. Las condiciones de la línea, así como sus modificaciones, se han publicado mediante disposiciones y acuerdos oficiales en el Boletín Oficial del Estado.

El aval cubre una parte del riesgo asumido por la entidad financiera sobre la financiación concedida. El porcentaje exacto debe distinguirse del porcentaje total de hipoteca que finalmente concede el banco.

Sí, determinadas operaciones pueden alcanzar hasta el 100% del menor entre precio de compra y tasación, pero el banco no está obligado a conceder ese porcentaje.

Como regla general, el programa está dirigido a compradores de su primera vivienda. Existen determinadas excepciones previstas para situaciones concretas, como participaciones recibidas por herencia o viviendas que no estén disponibles por determinadas circunstancias.

Cuando la operación se tramita con dos compradores, ambos deben cumplir los requisitos que correspondan al programa. En la modalidad joven, por ejemplo, los dos deben tener como máximo 35 años en el momento de formalizar la hipoteca.

No. La línea está destinada a la adquisición de la primera vivienda habitual y permanente, salvo las excepciones expresamente contempladas respecto a propiedades anteriores.

Estudia el Aval ICO junto con tu hipoteca antes de comprar

El Aval ICO puede reducir de forma muy importante el ahorro necesario para acceder a una vivienda, pero su utilidad depende de que la financiación hipotecaria también sea viable.

Antes de comprar conviene comprobar conjuntamente:

  • si cumples los requisitos;
  • si la vivienda entra dentro de los límites;
  • cuánto puede financiarte realmente el banco;
  • cuánto ahorro seguirás necesitando;
  • qué cuota asumirás;
  • qué entidades pueden estudiar tu perfil;
  • y si existe alguna ayuda autonómica que pueda resultar más adecuada.

En HipotecaNow analizamos la operación completa y buscamos alternativas hipotecarias entre diferentes entidades para conocer qué opciones de financiación pueden encajar en cada caso.

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