ITP POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS
El impuesto de transmisiones patrimoniales es uno de los gastos más importantes a la hora de comprar una vivienda de segunda mano en España. Conocido comúnmente como ITP, este impuesto genera muchas dudas sobre cuánto hay que pagar y si se pueden solicitar bonificaciones.
En esta página resolveremos todas tus dudas.
¿Qué es el ITP?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el tributo que paga un comprador cuando compra un inmueble de segunda mano.
Cada comunidad autónoma legisla su impuesto y aplica sus propias bonificaciones. Si continúas leyendo, podrás ver los tipos que se aplican en cualquiera de las comunidad autónomas de España.
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ITP GENERAL Y BONIFICADO POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS
En este apartado encontrarás todos los tipos aplicables en cada comunidad autónoma.
ITP ANDALUCÍA 2026
| Tipo de ITP | % ITP | Requisitos principales |
|---|---|---|
| General | 7% | Ninguno |
| Vivienda habitual | 6% | Vivienda ≤ 150.000 € y uso como residencia habitual |
| Jóvenes <35 años | 3,5% | Primera vivienda habitual, ≤ 150.000 €, no haber usado el beneficio antes |
| Víctimas violencia género | 3,5% | Reconocimiento oficial, uso como residencia habitual, ≤ 150.000 € |
| Víctimas terrorismo | 3,5% | Reconocimiento oficial, residencia habitual, ≤ 150.000 € |
| Municipios despoblados | 3,5% | Municipio calificado, residencia habitual, ≤ 150.000 € |
| Personas con discapacidad | 3,5% | ≥33% discapacidad (o ≥65% sensorial/física), residencia habitual, ≤ 250.000 € |
| Familias numerosas | 3,5% | Título en vigor, residencia habitual, ≤ 250.000 € |
| Vivienda para reventa | 2% | Persona/jurídica con actividad inmobiliaria, plan general sector inmobiliario |
| SGR o sector público | 1% | Garantías, participación de SGR o entidad pública, desde 2024 |
ITP ARAGÓN 2026
| Perfil del comprador / Precio de la vivienda | Tipo impositivo aplicable | Requisitos principales |
|---|---|---|
| General (hasta 400.000 €) | 8% | Ninguno |
| General (400.001 – 450.000 €) | 8,5% | Ninguno |
| General (450.001 – 500.000 €) | 9% | Ninguno |
| General (500.001 – 750.000 €) | 9,5% | Ninguno |
| General (más de 750.000 €) | 10% | Ninguno |
| Jóvenes < 35 años | 12,5% menos de la cuota general | Vivienda habitual y precio ≤ 100.000 € |
| Personas con discapacidad ≥ 65% | 12,5% menos de la cuota general | Vivienda habitual y precio ≤ 100.000 € |
| Mujeres víctimas de violencia de género | 12,5% menos de la cuota general | Protección judicial vigente (últimos 10 años), vivienda habitual y precio ≤ 100.000 € |
| Familias numerosas | 50% menos de la cuota general | Vivienda habitual, condiciones de superficie y venta de vivienda anterior si la hay, y límite de renta familiar |
ITP ASTURIAS 2026
| Tipo de comprador o condición | Tipo impositivo | Requisitos principales |
|---|---|---|
| General (hasta 300.000 €) | 8 % | Ninguno |
| General (entre 300.000 € y 500.000 €) | 9 % | Ninguno |
| General (más de 500.000 €) | 10 % | Ninguno |
| VPO (Vivienda de Protección Oficial) | 3 % | – Vivienda habitual- VPO con precio máx.- No tener otra propiedad- Ocupación en 6 meses- Residencia mínima de 3 años |
ITP BALEARES 2026
| Tipo de ITP | Aplicable a… | Requisitos principales |
|---|---|---|
| 13% | Tramo general para viviendas de más de 2.000.000 € | Ninguno adicional |
| 12% | Tramo general entre 1.000.000 € y 2.000.000 € | – |
| 10% | Tramo general entre 600.000 € y 1.000.000 € | – |
| 9% | Tramo general entre 400.000 € y 600.000 € | – |
| 8% | Tramo general hasta 400.000 € | – |
| 4% | Compra de vivienda habitual | Vivienda ≤ 270.151,20 €; uso habitual; no tener otra vivienda ≥50%; adquirir al menos el 50% del inmueble |
| 2% | Familias numerosas | Vivienda habitual; ≤ 350.000 €; 2% hasta 270.151,20 € y 8% al exceso; no tener otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50% del inmueble |
| 2% | Familias monoparentales | Vivienda habitual; categoría especial ≤ 350.000 €; categoría general ≤ 270.151,20 €; sin otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50% del inmueble |
| 2% | Personas con discapacidad | Discapacidad ≥33% (o 65% sensorial/física); vivienda habitual ≤ 270.151,20 €; sin otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50%; derecho al mínimo por discapacidad en IRPF |
| 2% | Jóvenes menores de 36 | Primera vivienda habitual ≤ 270.151,20 €; sin otra vivienda ≥50%; adquirir ≥50% del inmueble |
| 0% | Jóvenes menores de 30 con bonificación total | Cumplir requisitos del 2%; además: vivir en Baleares ≥3 años, base imponible IRPF ≤52.800 € (individual), hipoteca ≥60% del valor de tasación |
ITP CANARIAS 2026
| Tipo de comprador o vivienda | Tipo de ITP aplicado | Condiciones principales |
|---|---|---|
| General (segunda mano) | 6,5% | Tipo estándar sin bonificaciones |
| Subasta (no habitual) | 7% | Salvo vivienda habitual |
| Vivienda habitual | 5% | Precio compra ≤ 150.000 € y sin otra vivienda |
| Jóvenes (<35 años) | 4% | Precio compra ≤ 150.000 €, IRPF ≤ 25.000 €/individual o 40.000 €/conjunta |
| Familia numerosa | 4% | IRPF ≤ 30.000 € + 12.000 €/hijo |
| Familia numerosa con bajos ingresos | 1% | Cumpliendo límites económicos |
| Familia monoparental | 1% | IRPF ≤ 24.000 € + 6.000 €/hijo |
| Discapacidad reconocida (≥33%) | 4% | IRPF ≤ 40.000 € + 6.000 €/hijo |
| Discapacidad ≥65% y bajos ingresos | 1% | Mismos requisitos anteriores |
| Vivienda VPO | 4% | Debe ser 1ª vivienda habitual |
| Vivienda VPO (casos especiales) | 1% o 0% | Si se cumplen requisitos de renta, edad, discapacidad o financiación |
ITP CANTABRIA 2026
| Tipo de comprador | Tipo impositivo aplicado | Requisitos principales |
|---|---|---|
| General (inmuebles > 200.000 €) | 9 % | Valor superior a 200.000 €. |
| General (inmuebles ≤ 200.000 €) | 7 % | Valor inferior o igual a 200.000 €. |
| VPO (Vivienda de Protección Oficial) | 5 % | Aplicable solo si la VPO permite acogerse al tipo bonificado. |
| Rehabilitación inmediata | 5 % | Reforma inmediata, coste ≥ 25 % del precio, finalización < 18 meses y otros requisitos. |
| Jóvenes (< 36 años) | 4 % | Vivienda habitual y valor inferior a 300.000 €. |
| Familia numerosa | 4 % | Vivienda habitual y valor inferior a 300.000 €. |
| Personas con discapacidad (≥ 33 % y < 65 %) | 4 % | Vivienda habitual y valor ≤ 300.000 €. |
| Personas con discapacidad (≥ 65 %) | 3 % | Vivienda habitual y valor ≤ 300.000 €. |
ITP CASTILLA-LA MANCHA 2026
| Tipo de comprador o vivienda | Requisitos principales | Tipo impositivo |
|---|---|---|
| Tipo general | Ninguno | 9 % |
| Vivienda habitual ≤180.000 € | Precio ≤180.000 €, uso habitual, financiación >50 %, tasación ≥ precio | 6 % |
| Opción a compra | Menor de 36 años, contrato válido para Registro, vivienda de protección pública, ocupación en <1 mes | 6 % |
| Familia numerosa | Acreditación oficial, financiación >50 %, tasación ≥ precio | 5 % |
| Personas con discapacidad ≥65 % | Acreditación discapacidad, financiación >50 %, tasación ≥ precio | 5 % |
| Jóvenes <36 años (vivienda ≤180.000 €) | Edad <36, financiación >50 %, tasación ≥ precio | 5 % |
| Zona con riesgo de despoblación | Compra en municipio con riesgo de despoblación | 5 % |
| Zona con intensa despoblación | Compra en municipio con intensa despoblación | 4 % |
| Zona con extrema despoblación | Compra en municipio con extrema despoblación | 3 % |
ITP CASTILLA Y LEÓN 2026
| Porcentaje ITP | Requisitos / Condiciones |
|---|---|
| 10% | Por el exceso sobre 250.000 € en viviendas que superen ese valor. |
| 8% | Tipo general. Aplicable a viviendas de hasta 250.000 €. |
| 4% | – Familias numerosas (vivienda habitual, título legal de familia numerosa). – Jóvenes <36 años (primera vivienda habitual). – Personas con discapacidad ≥65% (vivienda habitual). – Vivienda protegida (VPO, primera vivienda habitual). |
| 0,01% | Jóvenes <36 años que compren primera vivienda habitual en municipios de: – Menos de 10.000 hab. – O menos de 3.000 hab. si está a <30 km de la capital provincial. Valor de la vivienda ≤150.000 €. No hay límite de renta. |
ITP CATALUÑA 2026
| Porcentaje ITP | Rango de valor del inmueble |
|---|---|
| 20% | Grandes tenedores o edificios completos (≥10 viviendas, ≥25 en zonas tensionadas, o >1.500 m²) |
| 13% | Más de 1.500.000 euros |
| 12% | 900.001 – 1.500.000 euros |
| 11% | 600.001 – 900.000 euros |
| 10% | 0 – 600.000 euros (tipo general) |
| 7% | VPO (Vivienda de Protección Oficial) |
| 5% | Tipos reducidos (jóvenes, familias numerosas, monoparentales, discapacidad, violencia machista) |
ITP COMUNIDAD VALENCIANA 2026
| Tipo ITP | Quién puede beneficiarse | Condiciones principales |
|---|---|---|
| 9 % (general) | Cualquier comprador | Tipo estándar. Se aplica salvo bonificaciones. |
| 11 % | Compras de más de 1.000.000 € | Para adquisiciones de alto valor o múltiples compras sobre la misma finca. |
| ITP 6 % si vivienda < 180.000 €ITP 8 % si > 180.000 € | Jóvenes < 35 años | Ingresos ≤ 30.000 € (individual) o ≤ 47.000 € (conjunta). |
| ITP 3 % si vivienda < 180.000 €ITP 4 % si > 180.000 € | Familias numerosas | Igual criterio de ingresos que los jóvenes. Acreditación del GVA requerida. |
| ITP 3 % / 4 % según precio de vivienda | Personas con discapacidad | ≥ 65 % discapacidad física o sensorial, ≥ 33 % psíquica. Sin requisito de ingresos. |
| ITP 3 % / 4 % según valor vivienda | Víctimas de violencia de género | Mismo criterio de ingresos que jóvenes o familias. |
| – VPO régimen general: 6 % / 8 %- VPO régimen especial: 3 % / 4 % | Vivienda de Protección Oficial (VPO) | Depende del tipo de VPO y valor de la vivienda. No requiere ingresos específicos. |
| Bonificación del 50 % sobre la cuota | Zonas en proceso de despoblación | Inmuebles rehabilitados destinados a vivienda habitual en municipios declarados como zona despoblada. |
ITP EXTREMADURA 2026
| % ITP | Situación aplicable |
|---|---|
| 11% | Parte del valor de la vivienda que supere los 600.000 € |
| 10% | Parte del valor entre 360.000 € y 600.000 € |
| 8% | Viviendas de hasta 360.000 € (tipo general) |
| 7% | Vivienda habitual ≤ 200.000 € + límite de renta (30.000 €/55.000 € base imponible IRPF) |
| 6% | Jóvenes < 36 años + primera vivienda habitual ≤ 180.000 € + límite de ingresos (28.000 €/45.000 €) |
| 4% | Viviendas de Protección Oficial (VPO) destinadas a residencia habitual |
ITP GALICIA 2026
| Tipo ITP | Beneficiarios | Condiciones principales |
|---|---|---|
| 8 % (general) | Cualquier comprador | Se aplica por defecto si no se cumple ningún requisito para tipo reducido. |
| 7 % | Compra de vivienda habitual | Patrimonio ≤ 200.000 € (+30.000 € por miembro extra). Requiere escritura pública y destino habitual. |
| 6 % | – Viviendas en parroquias rurales- Inmuebles para rehabilitación inmediata | Zona poco poblada o acreditación de reforma inmediata. |
| 3 % | – Jóvenes < 36 años- Familias numerosas- Personas con discapacidad ≥ 65 %- Mujeres víctimas de violencia de género | Siempre que se destine a vivienda habitual y se cumpla límite patrimonial (varía según caso). |
| 0 % | Cualquiera de los casos anteriores si la compra es en zona poco poblada | Aplica a jóvenes, víctimas de violencia de género, familias numerosas o personas con discapacidad, si compran en parroquias rurales y cumplen requisitos. |
ITP LA RIOJA 2026
| Tipo de comprador | Tipo impositivo ITP | Requisitos clave |
|---|---|---|
| General | 7% | No se aplican bonificaciones. |
| Familia numerosa | 5% | Límite de renta: ≤ 18.030 € individual o 30.050 € conjunta. Ahorro ≤ 1.800 €. |
| Familia numerosa (súper reducido) | 3% | Nuevas compras tras obtener el título, vivienda más grande, base ≤ 30.600 €. |
| Jóvenes (< 40 años) | 4% | Primera vivienda habitual. Bonifica sólo la parte proporcional del titular. |
| Jóvenes en zonas despobladas (< 40 años) | 3% | Debe comprarse en municipio con riesgo de despoblación. |
| Personas con discapacidad (≥ 33%) | 5% | No hay límite de edad o renta. Solo acreditar la discapacidad. |
ITP MADRID 2026
| Tipo ITP | Beneficiarios | Condiciones principales |
|---|---|---|
| 6 % (general) | Cualquier comprador | Valor del inmueble sin condiciones específicas. |
| 4 % | Familias numerosas | – Vivienda habitual- Si tienen otra vivienda habitual, debe haberse vendido en los 2 años anteriores o posteriores. |
| 5,4 % | Vivienda habitual ≤ 250.000 € | – Vivienda habitual- No se aplica junto con bonificación de familia numerosa- Incluye garajes y anexos si se transmiten juntos. |
| 0 % | Vivienda en municipios con <2.500 hab. o afectados por la línea 7B | – Bonificación total en ITP (2ª mano) y AJD (obra nueva)- Aplica a residentes menores de 35 años o sustitución de vivienda dañada. |
ITP MURCIA 2026
| Tipo de ITP | Porcentaje ITP | Colectivo beneficiado o condición principal |
|---|---|---|
| General | 7,75% | Cualquier comprador sin bonificación |
| Reducido | 5% | Jóvenes empresarios/profesionales menores de 41 años |
| Reducido | 4% | Viviendas de Protección Oficial (VPO) |
| Superreducido | 3% | Familias numerosas |
| Superreducido | 3% | Personas menores de 41 años |
| Superreducido | 3% | Personas con discapacidad ≥ 65% |
ITP NAVARRA 2026
| Tipo ITP | Quién puede beneficiarse | Condiciones principales |
|---|---|---|
| 6 % (general) | Cualquier comprador | Se aplica por defecto si no se cumplen requisitos para tipos reducidos. |
| 5 % (reducido) | Familias con 2 o más hijos | Vivienda habitual. Sin otro inmueble ≥25 % en Navarra. Límite base: 180.304 €. |
| 4 % (reducido) | Compradores en zonas con riesgo de despoblación | Compra de vivienda habitual en zonas concretas. |
ITP PAÍS VASCO 2026
| Territorio | Tipo general | Tipo reducido | ¿Quién puede beneficiarse? |
|---|---|---|---|
| Todo el País Vasco | 7 % | 4 % | Para viviendas que incluyan hasta 2 garajes y trastero en el mismo edificio, transmitidos conjuntamente. |
| Álava | 7 % | 2,5 % | – Familias numerosas- Viviendas ≤ 120 m² o en parcelas ≤ 300 m²- Vivienda habitual- No tener más del 25 % de otra vivienda en el municipio |
| Gipuzkoa | 7 % | 2,5 % | – Viviendas ≤ 120 m² construidos (o 96 m² útiles)- Parcela ≤ 300 m²- Que el comprador no haya usado este tipo antes- Vivienda habitual |
| Bizkaia | 7 % | 2,5 % | – Viviendas ≤ 120 m² construidos y parcela ≤ 300 m²- No haber aplicado este tipo antes- Que se destine a vivienda habitual |
Cuándo se paga el impuesto de transmisiones patrimoniales
El plazo para pagar el ITP es de 30 días hábiles desde que se firma la escritura pública. No cumplir este plazo puede implicar recargos y sanciones.
Cómo pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales
Si la compra del inmueble la estás haciendo sin hipoteca, debes saber que se paga mediante formularios oficiales como el modelo 620 o 621. El proceso depende de cada comunidad. En algunos casos, puedes hacerlo todo online.
En caso de que el ITP lo pagues al comprar una vivienda con hipoteca el proceso es mucho más sencillo ya que la propia gestoría del banco será quien se encargue de todos estos trámites. Si quieres más información podemos ayudarte gratis y sin compromiso en el siguiente botón:
Conclusión sobre el ITP
Después de leer el artículo, verás que podemos llegar a las siguientes conclusiones:
1. El ITP puede acarrear un importe muy elevado y hay que tenerlo en cuenta a la hora de plantearse la compra de una vivienda.
2. Cada comunidad autónoma lo gestiona de manera diferente y tiene sus propios tipos y bonificaciones.
3. Es obligación del comprador hacer el pago del ITP.
4. La gestión del pago del impuesto cuando compras con hipoteca la realiza directamente la gestoría del banco.
Para más información, puedes consultar el apartado del BOE sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En HipotecaNow te ayudamos a entender todos los pasos, desde el cálculo hasta cómo se paga, y a encontrar las mejores condiciones hipotecarias para que no pagues de más.

