¿Qué se paga de ITP en Cantabria en 2026?

¿Cuál es el ITP en Cantabria en 2026 y qué tipos se aplican?

El ITP en Cantabria es del 7 % para viviendas habituales con un valor de hasta 200.000 €, y del 9 % para el resto de adquisiciones de viviendas de segunda mano. Estos son los tipos generales aplicables según la normativa autonómica vigente.

Además, Cantabria contempla tipos reducidos que oscilan entre el 3 % y el 5 %, aplicables en determinados supuestos, como la compra de vivienda por jóvenes menores de 36 años, familias numerosas, personas con discapacidad o la adquisición de viviendas de protección oficial, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Cantabria grava la compra de inmuebles usados y distingue entre tipos generales y tipos reducidos, cuya aplicación depende del valor de la vivienda y del perfil del comprador.

Una vez sabes qué ITP se paga en Cantabria, el siguiente paso lógico es analizar si la compra encaja con tu situación financiera y qué hipoteca podrías conseguir en función del precio del inmueble, tus ingresos y tus ahorros.

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¿QUÉ ES EL ITP EN CANTABRIA?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Cantabria es el tributo que grava la compra de viviendas de segunda mano y otras transmisiones patrimoniales onerosas entre particulares.

En Cantabria, este impuesto está regulado por la administración autonómica, lo que permite aplicar tipos impositivos y reducciones propias, diferentes de las existentes en otras comunidades autónomas.

¿QUIÉN PAGA EL ITP EN CANTABRIA?

El ITP en Cantabria lo paga el comprador del inmueble, ya que es quien tiene la condición de sujeto pasivo del impuesto en las transmisiones patrimoniales onerosas.

En la práctica, esto implica que al adquirir una vivienda de segunda mano, el comprador debe asumir el pago del ITP correspondiente, además de otros gastos asociados a la compraventa, como notaría o registro.

ITP CANTABRIA REDUCIDO

Existen deducciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para ayudar a ciertos colectivos. A continuación te mostramos las bonificaciones en el ITP de Cantabria y todos sus requisitos:

ITP Cantabria reducido para familias numerosas

Las familias numerosas en Cantabria pagan un Impuesto de Transmisiones Patrimoniales del 4% sólo para viviendas que no superen un importe de 300.000€.

Las viviendas de importe superior tributan por el tipo general.

ITP Cantabria reducido para jóvenes

En Cantabria, los jóvenes menores de 36 años pagan un ITP reducido del 4%.

Al igual que ocurre con las familias numerosas, para aplicar el tipo reducido la vivienda ha de tener un valor menor a 300.000€, si lo supera se tendrá que tributar por el tipo general.

ITP Cantabria reducido para personas con minusvalía

En el caso de este colectivo, hay dos tramos de ITP dependiendo del grado de minusvalía:

  • ITP bonificado al 4% para personas con minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • ITP bonificado al 3% para personas con minusvalía igual o superior al 65%

Como ocurre en los casos anteriores, para acogerse a esta bonificación la vivienda ha de tener un valor de hasta 300.000€.

ITP Cantabria reducido para VPO (Viviendas de Protección Oficial)

Comprar una vivienda de protección oficial en Cantabria tiene muchas ventajas, entre ellas una reducción en el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Se aplica un 5% de ITP en estas operaciones, aunque te recomendamos consultar a Hacienda ya que algunas viviendas de protección oficial no se pueden acoger a este tipo bonificado en Cantabria.

ITP Cantabria reducido para compra de viviendas de rehabilitación inmediata

La compra de vivienda en Cantabria que requiere de una rehabilitación para poder vivir en ella tiene el beneficio de pagar menos impuestos.

Esta iniciativa se realiza para ayudar a compradores en este tipo de operaciones ya que no sólo hay que realizar un desembolso para comprar sino que luego también hay que hacerlo para reformar.
El ITP que se paga en este caso es del 5% pero hay que cumplir una serie de requisitos:

  • Se tiene que hacer constar en escritura que se va ha reformar de forma inmediata.
  • La edificación se debe mantener como vivienda durante los 3 años posteriores a la rehabilitación
  • El coste total de las obras sea como mínimo del 25% del precio de compra
  • Se tiene que finalizar la obra en un plazo inferior a 18 meses
  • Presentar la documentación requerida ante el organismo competente una vez finalizado todo

En este enlace del BOE puedes consultar si se considera una obra de rehabilitación.

Fuente: Decreto Legislativo 62/2008.

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¿Cuándo se paga el ITP en Cantabria?

El ITP en Cantabria debe abonarse dentro de un plazo determinado tras la formalización de la compra de una propiedad o la transmisión de bienes.
Dispones de 30 días hábiles a partir de la firma de la escritura de compraventa para pagar el ITP, comenzando a contar desde el día siguiente a la firma.

Cumplir con este plazo es fundamental para evitar recargos, intereses de demora o sanciones. El pago puede realizarse en cualquier entidad bancaria colaboradora o de forma electrónica a través del portal de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

¿Cómo se paga el ITP en Cantabria?

Para efectuar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Cantabria has de seguir los siguientes pasos:

  1. Calcula la cuantía del impuesto a pagar: Debes calcular el porcentaje del ITP en Cantabria (general o reducido, según tu caso) sobre el mayor de los siguientes valores: valor de tasación, valor de compra o valor catastral del inmueble.
  2. Obtén y completa el modelo 600: El pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Cantabria se efectúa utilizando el modelo 600, el cual puedes descargar desde el sitio web de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria o recoger en alguna de sus oficinas.
  3. Realiza el pago del ITP: Para pagar el impuesto puedes utilizar cualquiera de las siguientes opciones:
    • Pago en línea: El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Cantabria se puede pagar en línea a través del portal de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. Para completar la transacción, deberás tener a mano tus datos bancarios.
    • Pago presencial: Si lo prefieres, puedes efectuar el pago en cualquier entidad bancaria colaboradora. Sólo necesitas llevar el formulario 600 completado y el importe correspondiente para realizar el pago.
  4. Presenta el modelo 600 en Cantabria: Una vez efectuado el pago, deberás presentar el modelo 600 junto con el comprobante de pago y una copia de la escritura de compraventa en la oficina de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria o en alguno de sus puntos de atención.

CONCLUSIÓN SOBRE EL ITP EN CANTABRIA

El ITP en Cantabria en 2026 parte de un tipo general del 7 % o 9 % en función del valor del inmueble, pero existen reducciones significativas para distintos colectivos, como familias numerosas, jóvenes, personas con discapacidad o quienes adquieren VPO. Estas bonificaciones permiten reducir la carga fiscal hasta el 3 % o el 4 %, siempre que se cumplan los requisitos exigidos. Si formas parte de alguno de estos grupos, merece la pena revisar si puedes acogerte al tipo reducido.

TABLA RESUMEN ITP CANTABRIA 2026

Tipo de compradorTipo impositivo aplicadoRequisitos principales
General (inmuebles > 200.000 €)9 %Valor superior a 200.000 €.
General (inmuebles ≤ 200.000 €)7 %Valor inferior o igual a 200.000 €.
VPO (Vivienda de Protección Oficial)5 %Aplicable solo si la VPO permite acogerse al tipo bonificado.
Rehabilitación inmediata5 %Reforma inmediata, coste ≥ 25 % del precio, finalización < 18 meses y otros requisitos.
Jóvenes (< 36 años)4 %Vivienda habitual y valor inferior a 300.000 €.
Familia numerosa4 %Vivienda habitual y valor inferior a 300.000 €.
Personas con discapacidad (≥ 33 % y < 65 %)4 %Vivienda habitual y valor ≤ 300.000 €.
Personas con discapacidad (≥ 65 %)3 %Vivienda habitual y valor ≤ 300.000 €.

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Preguntas Frecuentes sobre ITP CANTABRIA

En Cantabria, el tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es del 9 %. Sin embargo, existen tipos reducidos para ciertos colectivos y situaciones:

  • 7 % para mayores de 35 años que compren su vivienda habitual, hasta 200.000 €.
  • 5 % si se destina a rehabilitación, con límite de 300.000 €.
  • 4 % para menores de 36 años, familias numerosas, personas con discapacidad o compra de vivienda habitual en municipios en riesgo de despoblación (límite bonificable: 300.000 €).
  • 3 % para VPO o entidades sin ánimo de lucro.

Si el valor de la vivienda supera los límites establecidos, el exceso tributa al tipo general del 9 %.

El tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Cantabria es del 9 %. Este porcentaje se aplica a la compraventa de bienes inmuebles de segunda mano, así como a la constitución o cesión de derechos reales sobre ellos, salvo los derechos de garantía como las hipotecas.

En Cantabria, el tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es del 9 %, pero se aplica una reducción al 7 % en la compra de vivienda habitual para los primeros 200.000 euros del precio. Si el valor de la vivienda supera esa cantidad, el exceso tributa al tipo general del 9 %.

En Cantabria, el tipo general del ITP es del 9 %, que se aplica a la compraventa de viviendas habituales con un precio superior a 200.000 €. Si la vivienda habitual cuesta menos de esa cantidad, se aplica un tipo reducido del 7 %. Además, pueden beneficiarse de un tipo del 4 % las familias numerosas, los cónyuges de estas, las familias monoparentales y las personas con discapacidad reconocida entre el 33 % y el 65 %, siempre que adquieran su vivienda habitual.

En Cantabria, al comprar una vivienda habitual por menos de 200.000 €, se aplica un tipo reducido del 7 % en el ITP. Si el precio supera esa cantidad, el exceso tributa al 9 %, que es el tipo general. Cuando la vivienda no se destina a uso habitual, también se aplica el 9 % desde el primer euro.

El ITP en Cantabria debe pagarse en un plazo de 30 días hábiles desde la firma del contrato o escritura de compraventa. La autoliquidación se realiza mediante el modelo 600, y puede presentarse de forma telemática con certificado digital a través de la Oficina Virtual del Gobierno de Cantabria o de manera presencial.

En Cantabria, el ITP se paga al comprar una vivienda de segunda mano. Si se trata de vivienda habitual con un precio igual o inferior a 200.000 €, el tipo aplicable es del 7 %. Por ejemplo, por un piso de 180.000 €, se pagarían 12.600 € de ITP. Si el precio supera los 200.000 €, como en una vivienda de 220.000 €, se aplica el tipo general del 9 %, lo que supone 19.800 € en impuestos.

Al comprar una vivienda de segunda mano en Cantabria se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto lo gestiona la comunidad autónoma y, aunque su tipo general fue del 10 %, actualmente se aplica un 9 %, con tipos reducidos del 7 % o 4 % en función del valor del inmueble y del perfil del comprador. El impuesto se calcula sobre el valor escriturado o el valor de referencia, el que sea mayor.

El ITP en Cantabria puede pagarse de forma presencial en las oficinas de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT), en las oficinas liquidadoras del distrito hipotecario correspondiente o en las cajas del Gobierno de Cantabria, como la situada en Paseo Pereda, 13 (Santander). También puedes presentarlo de forma telemática si cuentas con certificado digital.

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en Cantabria es del 1% en 2026.

En Cantabria, el ITP para la compra de una vivienda habitual puede ser del 4 % si se cumplen ciertos requisitos. Este tipo reducido se aplica en casos como el de familias numerosas, familias monoparentales, personas con una discapacidad entre el 33 % y el 65 %, o compradores menores de 36 años en la fecha de la firma. En el resto de casos, se aplica el tipo general o el 7 %, según el valor de la vivienda.

ITP por comunidades autónomas

A continuación podrás ver el ITP en las comunidades más cercanas a Cantabria. También dejamos a tu disposición el ITP por comunidades, por si quieres informarte sobre qué se paga en el resto del país.